Regl. 1613, art. C-II dup2

DISPOSICIONES GENERALES DE SEGURIDAD

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Cite as Reglamento Núm. 1613, Art. C-II dup2

SECCION A- USO 1- El registrante deberá asegurarse que todo equipo de rayos-X bajo su control sea operado solamente por personas debidamente instruídas en procedimientos correctos de operación y que sean competentes en el uso de dicho equipo con las debidas medidas de seguridad. 2- El registrante proveerá reglas de seguridad a cada operador de equipos de rayos-X bajo su control incluyendo cualesquiera restricciones en la técnica de operación requeridas para el funcionamiento seguro del aparato de rayos-X en particular y requerirá que el operador demuestre estar familiarizado con estas reglas. SECCION B- BLINDAJE Cada local estará provisto con tantas barreras primarias y/o barreras secundarias como sean necesarias para asegurar el cumplimiento con las disposiciones de las Secciones A, D y E, Artículo II, Sexta Parte.
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