Regl. 4406, art. 10-10.5 dup2
Adiestramientos de Corta
Length: 261 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 4406, Art. 10-10.5 dup2
Duración
1) Responsabilidad del Instituto y del
Departamento
Los adiestramientos de corta
duración dirigidos a satisfacer
necesidades generales У comunes del
Departamento se realizarán a través del
Instituto.
El Departamento planificará У
efectuará las actividades de
adiestramiento y desarrollo que respondan
a las necesidades especificas de la
Agencia.
2) Duración y Propósito
Los adiestramientos de corta
duración se concederán a los empleados
86
por un término no mayor de seis (6) meses
O su equivalente con el propósito de
recibir adiestramiento práctico O
realizar estudios académicos que les
preparen para el mejor desempeño de las
funciones correspondientes a sus puestos.
Las convenciones y asambleas no se
considerarán adiestramientos de corta
duración.
3) Cubierta de los Adiestramientos de
Corta Duración
Cuando a un empleado se le autorice
un adiestramiento de corta duración se le
concederá licencia con sueldo. Además, se
le podrá autorizar el pago de dietas,
gastos de viaje y, cuando fuere
necesario, cualquier otro gasto.
4) Viajes al Exterior
El Secretario O su representante
autorizado tendrá la facultad para
autorizar a los empleados a realizar
viajes al exterior con el fin de
participar en actividades de
adiestramiento con sujeción a las normas
У trámites que rigen los viajes de
empleados públicos al exterior. Dentro
del término de quince (15) dÃas, a partir
de su regreso del centro de
adiestramiento, el empleado someterá al
Secretario de Hacienda, por conducto del
Departamento, un informe completo sobre
los gastos en que incurrió. Además,
someterá un informe narrativo sobre sus
actividades de adiestramiento conforme a
las normas y procedimientos que el
87
Departamento establezca.