Regl. 4406, art. 6-6.4 dup2

Especificaciones de Clases

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Cite as Reglamento Núm. 4406, Art. 6-6.4 dup2

Se preparará por escrito una especificación de cada una de las clases de puestos comprendidas en el Plan de Clasificación que consistirá de una descripción clara y precisa del concepto de la clase en cuanto a la naturaleza y complejidad del trabajo, grado de responsabilidad y autoridad de los puestos incluidos en la clase, de otros elementos básicos necesarios para la clasificación correcta de los puestos y de los requisitos mínimos en cuanto a conocimientos, habilidades y destrezas que deben poseer los empleados y la preparación У experiencia requerida. También fijará la duración del período probatorio correspondiente. Las especificaciones serán descriptivas de todos los puestos comprendidos en la clase. Estas no serán prescriptivas y/o restrictivas a determinados puestos en la clase. Serán utilizadas como el instrumento básico en la clasificación de puestos, en la preparación de las normas de reclutamiento, en la determinación de los exámenes a los candidatos, en la determinación de las líneas 22 de ascenso, traslados y descensos, en la evaluación de los empleados, en la determinación de las necesidades de adiestramiento del personal, en las determinaciones básicas relacionadas con los aspectos de retribución y para otros usos en la administración de personal. La Oficina de Personal del Departamento será responsable de mantener al día las especificaciones de clases conforme a los cambios que ocurran en los programas y actividades de éste, así como en la descripción de los puestos, que conduzcan a la modificación del Plan de Clasificación. Estos cambios serán registrados inmediatamente después que ocurran o sean determinados. Las especificaciones de clases contendrán en su formato general los siguientes elementos, en el orden en que se indican: 1) Título oficial de la clase y número de codificación. 2) Naturaleza del trabajo en donde se definirá en forma clara y concisa el trabajo. 3) Aspectos distintivos del trabajo en donde se identificarán las caracteristicas que diferencian una clase de otra. 4) Ejemplos de trabajo incluirán las tareas comunes y típicas de los puestos. 5) Conocimientos, habilidades y destrezas mínimas: a) Conocimientos incluirán la descripción de las materias con las cuales deberán estar familiarizados 23 los empleados y candidatos a ocupar los puestos. b) Habilidades - incluirán la capacidad mental y física necesaria para desempeñarse en el puesto. c) Destrezas - incluirán la agilidad O pericia manual y/o condiciones físicas y mentales que deberán poseer los empleados y candidatos a desempeñar los puestos. 6) Preparación y experiencia mínima - se indicará la preparación académica requerida У el tipo y duración de la experiencia de trabajo necesaria. 7) Período probatorio - indicará el tiempo requerido para el adiestramiento y/o prueba práctica a que será sometido el empleado en el puesto. Este no será menor de tres (3) meses, ni mayor de doce (12) meses. Se establecerá un glosario, junto con las especificaciones de clases, en donde se definirán en forma clara y precisa los términos y/o adjetivos utilizados en las mismas para la descripción del trabajo y de los grados de complejidad y autoridad inherentes. Se formalizará el establecimiento de toda clase de puesto, y su correspondiente especificación, mediante la aprobación por el Secretario O su representante autorizado de un acuerdo oficial que contendrá, en adición al título, la codificación numérica, asignación a la escala de sueldos que proceda, la fecha de efectividad y la duración del período 24 probatorio. Igual formalidad requerirán los cambios que se efectúen en las especificaciones de clases para mantenerlas al día a tono con el patrón organizativo funcional del Departamento y con los deberes de los puestos.
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