Regl. 4406, art. 6-6.4 dup2
Especificaciones de Clases
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Cite as Reglamento Núm. 4406, Art. 6-6.4 dup2
Se preparará por escrito una
especificación de cada una de las clases de
puestos comprendidas en el Plan de
Clasificación que consistirá de una
descripción clara y precisa del concepto de la
clase en cuanto a la naturaleza y complejidad
del trabajo, grado de responsabilidad y
autoridad de los puestos incluidos en la
clase, de otros elementos básicos necesarios
para la clasificación correcta de los puestos
y de los requisitos mÃnimos en cuanto a
conocimientos, habilidades y destrezas que
deben poseer los empleados y la preparación У
experiencia requerida. También fijará la
duración del perÃodo probatorio
correspondiente.
Las especificaciones serán descriptivas
de todos los puestos comprendidos en la clase.
Estas no serán prescriptivas y/o restrictivas
a determinados puestos en la clase. Serán
utilizadas como el instrumento básico en la
clasificación de puestos, en la preparación de
las normas de reclutamiento, en la
determinación de los exámenes a los
candidatos, en la determinación de las lÃneas
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de ascenso, traslados y descensos, en la
evaluación de los empleados, en la
determinación de las necesidades de
adiestramiento del personal, en las
determinaciones básicas relacionadas con los
aspectos de retribución y para otros usos en
la administración de personal.
La Oficina de Personal del Departamento
será responsable de mantener al dÃa las
especificaciones de clases conforme a los
cambios que ocurran en los programas y
actividades de éste, asà como en la
descripción de los puestos, que conduzcan a la
modificación del Plan de Clasificación. Estos
cambios serán registrados inmediatamente
después que ocurran o sean determinados.
Las especificaciones de clases contendrán
en su formato general los siguientes
elementos, en el orden en que se indican:
1) TÃtulo oficial de la clase y número de
codificación.
2) Naturaleza del trabajo en donde se
definirá en forma clara y concisa el
trabajo.
3) Aspectos distintivos del trabajo en
donde se identificarán las
caracteristicas que diferencian una clase
de otra.
4) Ejemplos de trabajo incluirán las
tareas comunes y tÃpicas de los puestos.
5) Conocimientos, habilidades y destrezas
mÃnimas:
a) Conocimientos incluirán la
descripción de las materias con las
cuales deberán estar familiarizados
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los empleados y candidatos a ocupar
los puestos.
b) Habilidades - incluirán la
capacidad mental y fÃsica necesaria
para desempeñarse en el puesto.
c) Destrezas - incluirán la agilidad
O pericia manual y/o condiciones
fÃsicas y mentales que deberán
poseer los empleados y candidatos a
desempeñar los puestos.
6) Preparación y experiencia mÃnima - se
indicará la preparación académica
requerida У el tipo y duración de la
experiencia de trabajo necesaria.
7) PerÃodo probatorio - indicará el
tiempo requerido para el adiestramiento
y/o prueba práctica a que será sometido
el empleado en el puesto. Este no será
menor de tres (3) meses, ni mayor de doce
(12) meses.
Se establecerá un glosario, junto con las
especificaciones de clases, en donde se
definirán en forma clara y precisa los
términos y/o adjetivos utilizados en las
mismas para la descripción del trabajo y de
los grados de complejidad y autoridad
inherentes.
Se formalizará el establecimiento de toda
clase de puesto, y su correspondiente
especificación, mediante la aprobación por el
Secretario O su representante autorizado de un
acuerdo oficial que contendrá, en adición al
tÃtulo, la codificación numérica, asignación a
la escala de sueldos que proceda, la fecha de
efectividad y la duración del perÃodo
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probatorio. Igual formalidad requerirán los
cambios que se efectúen en las
especificaciones de clases para mantenerlas al
dÃa a tono con el patrón organizativo
funcional del Departamento y con los deberes
de los puestos.