Regl. 4406, art. 7-7.10 dup2

Procedimientos Especiales de

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Cite as Reglamento Núm. 4406, Art. 7-7.10 dup2

Reclutamiento y Selección Cuando resulte impracticable atender las necesidades del servicio con nombramientos hechos con sujeción al procedimiento ordinario establecido en este Reglamento, el Departamento podrá utilizar procedimientos especiales de reclutamiento y selección para puestos de trabajadores no diestros O semidiestros; cuando no se disponga de registros de elegibles apropiados para determinadas clases de puestos y la urgencia del servicio a prestarse lo justifique; y para garantizar igualdad de oportunidad en el empleo a 54 participantes de programas de adiestramiento y empleo, a fin de cumplir con las metas de tales programas. Los procedimientos especiales de reclutamiento y selección se ajustarán a las siguientes normas: 1) En todo caso se deberá asegurar que los nombramientos se hagan en consideración a la idoneidad y capacidad. 2) Se usarán los medios de comunicación más convenientes para anunciar las oportunidades de empleo cuando se inicie el proceso de reclutamiento de candidatos. 3) La fuente de reclutamiento podrá ser intraagencial O externa, incluyendo, cuando sea necesario, la Oficina Central de Administración de Personal, el Servicio de Empleo del Departamento del Trabajo, las instituciones educativas del país O personas desempleadas en cualquier localidad. 4) Se establecerán listas de candidatos cualificados para cada clase de puesto. Para ello se utilizarán los exámenes que se estimen apropiados. 5) Todo candidato deberá reunir los requisitos mínimos establecidos para la clase de puesto. 6) El reclutamiento será continuo hasta tanto se satisfagan las necesidades del servicio. 7) Los nombres de los candidatos se ordenarán en forma descendente de calificación, conforme al resultado 55 obtenido en los exámenes. 8) La selección deberá hacerse de entre los primeros diez (10) candidatos mejor cualificados que estén disponibles en la lista de elegibles. De haber cinco (5) candidatos que acepten nombramiento y no existan en la lista candidatos adicionales, el Departamento deberá seleccionar entre aquellos disponibles. El procedimiento especial de reclutamiento y selección para puestos de trabajadores no diestros O semi-diestros se limitará al examen de las personas a reclutarse. El examen consistirá de una evaluación a los únicos fines de determinar si éstas reúnen los requisitos mínimos.
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