Regl. 1044, art. III

Oficiales de la Junta, Deberes y Derechos

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Cite as Reglamento Núm. 1044, Art. III

Parte A Oficiales La Junta tendrá los siguientes oficiales: un Presidente y un Secretario. El Presidente será el Secretario del Trabajo designado por el Honorable Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Habrá un Secretario, quien no tiene que ser miembro de la Junta, pero sí electo por ésta, quien podrá ser el Director Ejecutivo en Puerto Rico de la Oficina de Asuntos bajo la Ley de Oportunidad Económica. Parte B - Deberes y Derechos 1. Presidente Deberes y Derechos del Presidente: E1 Presidente representará la Junta en todas aquellas funciones compatibles con su cargo, convocará además a reuniones ordinarias así como a las extraordinarias y dirigirá las sesiones de trabajo de la Junta. Podrá asímismo nombrar comités temporeros para distintos asuntos. Será miembro ex oficio de cada comité. Aceptará oficialmente en nombre de la Junta los proyectos aprobados por la Oficina de Oportunidad Económica en Washington, D. C. y verá que la versión aprobada no haya sufrido cambios sustanciales en detrimento de la versión endosada por la Junta. Recibirá querellas relacionadas con el Programa de Acción Comunal y referirá las mismas al Comité de Querellas para su investigación y recomendación. Servirá de enlace entre la Junta y los distintos organismos pudiendo delegar esta representación en aquel funcionario que él determine. Establecerá normas y directrices operacionales para el mejor funcionamiento de la Junta. Ejecutará aquellos otros deberes que le sean asignados por ley o delegados por la Junta. Secretario de la Junta: E1 Secretario, quien tendrá voz pero no voto, asistirá a todas las reuniones de la Junta y presentará el programa de trabajo para la aprobación de la Junta. Se encargará, además, de circular la agenda y las minutas de cada reunión. Someterá a la Junta, para su aprobación, las minutas de la reunión anterior. Será custodio de la documentación de la Junta y hará seguimiento de las decisiones de ésta y se encargará además, de las funciones administrativas correspondientes. 4
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