Regl. 4433, art. II-18
Solicitud de Permiso
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Cite as Reglamento Núm. 4433, Art. II-18
A partir de la fecha de vigencia de este Reglamento toda persona
natural 0 jurídica, reconocida por ley como dueña de todo 0 la mayor
parte de una propiedad o su representante autorizado, que deseare
construir un acceso u otra obra 0 facilidad en una vía pública y sus
márgenes, deberá solicitar permiso por escrito al Secretario o sus
representantes autorizados para las obras en la zona de la vía afectada.
Se incluirá y se someterá con toda solicitud de permiso, excepto
aquellos casos cubiertos por el "Reglamento para la Certificación de
Planos de Construcción," cinco copias de los planos del proyecto
incluyendo la siguiente información:
Se enmienda el número 5 para que lea:
5. Medidas operacionales existentes 0 a proveerse, tales como:
señales de tránsito, marcado del pavimento 0 encintado,
semáforos u otras.