Regl. 4433, art. II-24

Eliminación de Arboles u Otros Obstáculos

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Cite as Reglamento Núm. 4433, Art. II-24

La eliminación de todo obstáculo en los terrenos necesarios para el ensanche, incluyendo árboles, se hará de acuerdo con el permiso y las instrucciones que reciba del Director Regional 0 del personal autorizado de la Oficina Regional.
Regl. 4433, art. II-24: Eliminación de Arboles u Otros Obstáculos | Justis AI