Regl. 4433, art. II-24
Eliminación de Arboles u Otros Obstáculos
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Cite as Reglamento Núm. 4433, Art. II-24
La eliminación de todo obstáculo en los terrenos necesarios para
el ensanche, incluyendo árboles, se hará de acuerdo con el permiso y
las instrucciones que reciba del Director Regional 0 del personal
autorizado de la Oficina Regional.