Regl. 4439, art. 14-14.5 dup2
Notificación al Solicitante
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Cite as Reglamento Núm. 4439, Art. 14-14.5 dup2
1. Se notificará por escrito al empleado
la acción tomada en el caso de su
solicitud de reingreso. En los casos
de empleados cesanteados se les
informará por escrito sobre el
reingreso efectuado.
2. Al rechazar una solicitud de
reingreso, el Jefe de Bomberos
informará al empleado, en su
notificación, la causa o causas en que
se fundamente la acción y el empleado
podrá solicitar una reconsideración de
esta decisión dentro del término de
diez (10) dÃas a partir de la fecha de
notificación. Si la decisión es
confirmada, el empleado podrá apelar
ante la Junta dentro del término de
treinta (30) dÃas a partir de la
notificación de la decisión,
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