Regl. 4439, art. 6-6.1 dup2
Normas de Reclutamiento
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Cite as Reglamento Núm. 4439, Art. 6-6.1 dup2
El Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico será
responsable de formular y adoptar las
normas de reclutamiento para cada clase de
puesto comprendida en el Plan de
Clasificación de Puestos para el servicio
de carrera de la agencia, que propendan a
atraer y retener en el servicio público
los mejores recursos humanos disponibles.
Las normas de reclutamiento establecerán
los requisitos para reclutamiento a base
de los contenidos de las especificaciones
de clases. En todo momento, los
requisitos deberán estar directamente
relacionados con las funciones de los
puestos. Dichos requisitos tomarán en
consideración la información que hubiere
disponible sobre el mercado de empleo y
los recursos humanos. Las normas
prescribirán la clase o las clases de
exámenes y el tipo o los tipos de
competencia que fueren recomendables en
cada caso. Las normas se revisarán
periódicamente para atemperarlas a los
cambios que ocurrieren.
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