Regl. 4481, art. V

DEFINICIONES

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Cite as Reglamento Núm. 4481, Art. V

Las siguientes frases o términos, en orden alfabético, usados en este Reglamento tendrán el significado que a continuación se expresa, a menos que el contexto indique claramente otra cosa: 1. Adiestramiento de Corta Duración: Instrucción práctica o 2 estudios académicos por un período no mayor de seis (6) meses, que amplia la capacidad del empleado para el mayor desempeño de sus funciones. 2. Alumbramiento: El acto mediante el cual la criatura concebida es expedida del cuerpo materno por la vía natural, o extraída legalmente de éste, mediante procedimientos quirúrgico-obstétricos. Comprende asimismo, cualquier alumbramiento prematuro, el malparto o aborto involuntario, inclusive en este último caso, aquellos inducidos legalmente por facultativos médicos que sufriere la madre en cualquier momento durante el embarazo. 3. Apelación: Recurso de un empleado ante un foro administrativo O judicial mediante el cual solicita se revise una decisión tomada la cual considera afecta sus derechos como empleado. 4. Areas Esenciales al Principio de Mérito: Son las cinco (5) áreas enumeradas en la Ley de Personal para el Servicio Público: a) Clasificación de Puestos, b) Reclutamiento y Selección, c) Ascensos, traslados, y descensos, d) Adiestramiento y, e) Retención. 5. Ascenso: El cambio de un empleado de un puesto en una clase a un puesto en otra clase con funciones de nivel superior, para la cual se haya provisto un tipo mínimo de retribución más alto. 6. Autoridad Nominadora: Significa el Director Ejecutivo de la Corporación o su representante autorizado, quien tiene 3 la facultad legal para nombrar y separar empleados de sus puestos. 7. Certificación de Elegibles: El proceso mediante el cual la Corporación certifica y refiere candidatos para cubrir los puestos vacantes. La certificación reflejará el orden de turno, nota y si están disponibles para empleo. 8. Cesantía: La separación del servicio de un empleado debido a reorganización administrativa, a eliminación de puestos por falta de trabajo 0 por falta de fondos, O por estar física y/o mentalmente incapacitado para desempeñar los deberes del puesto que ocupa. 9. Clase O Clases de Puesto: Un grupo de puestos cuyos deberes, naturaleza de trabajo, autoridad y responsabilidades sean de tal modo semejantes que puedan razonablemente denominarse con el mismo título; exigirse a sus incumbentes los mismos requisitos mínimos; utilizarse las mismas pruebas de aptitud para la selección de empleados y aplicarse la misma escala de retribución con equidad bajo condiciones de trabajo sustancialmente iguales. 10. Clasificación de Puestos: La agrupación sistemática de puestos en clases similares en virtud de sus deberes y responsabilidades para darle igual tratamiento en la administración de personal. 11. Convocatoria: Es un aviso público sobre las oportunidades de empleo para que los interesados que se consideren 4 cualificados, puedan competir libremente para el empleo, en igualdad de condiciones. 12. Corporación: La Corporación de Crédito y Desarrollo Comercial y Agrícola de Puerto Rico. 13. Descenso: El cambio de un empleado de un puesto en una clase a un puesto en otra clase con funciones de nivel inferior para la cual se haya provisto un tipo mínimo de retribución más bajo. 14. Descripción del Puesto: Una relación escrita y narrativa de los deberes, autoridad y responsabilidad que conlleva un puesto en específico y por los cuales se responsabiliza al incumbente. 15. Destitución: La separación total y absoluta del servicio impuesto a un empleado como medida disciplinaria por justa causa. 16. Director Ejecutivo: Funcionario nombrado por la Junta de Directores, quien ejercerá las funciones y deberes que la Junta de Directores le asigne. 17. Elegible: Una persona cualificada para nombramiento en la Corporación. 18. Junta de Directores: Autoridad máxima que ejercerá los poderes de la Corporación. 19. Servicios por Contrato: Aquellas personas que prestan servicios profesionales o consultivos a base de honorarios, o prestan servicios de cualquier otra naturaleza percibiendo la retribución que le corresponda, siempre que 5 tales servicios constituyan una relación contractual que claramente no constituya un "puesto", según lo define este Reglamento. 20. Empleado Probatorio: Empleado que se encuentra en la prueba práctica durante su nombramiento. 21. Empleado Regular: Empleado que obtiene una evaluación satisfactoria durante el período probatorio y adquiere status de permanencia en el servicio público de carrera en el puesto al cual fue nombrado. 22. Empleado Transitorio: Empleado nombrado por un período fijo de tiempo. 23. Especificación de Clase: Una exposición escrita y narrativa, en forma genérica, que indica las características preponderantes del trabajo que conlleva uno o más puestos en términos de naturaleza, ejemplos típicos del trabajo, complejidad, responsabilidad y autoridad; cualificaciones mínimas de preparación y experiencia que deben poseer los candidatos a ocupar los puestos y la duración del período probatorio. 24. Examen: Una prueba escrita, oral, de ejecución, evaluaciones de preparación y experiencia, combinación de las anteriores u otras. 25. Formulación de Cargos: El documento mediante el cual la autoridad nominadora le notifica al empleado las violaciones imputadas que motivan su suspensión de empleo y sueldo o su destitución del puesto. 6 26. Interinato: Período de tiempo temporero durante el cual la autoridad nominadora designa a un empleado para desempeñar todos los deberes normales de un puesto en sustitución de otro empleado. 27. Junta de Apelaciones: La Junta de Apelaciones de la Corporación de Crédito y Desarrollo Comercial y Agrícola de Puerto Rico. 28. Ley o Ley de Personal: La Ley Núm. 5 del 14 de octubre de 1975, según enmendada, mejor conocida como "Ley de Personal del Servicio Público de Puerto Rico". 29. Licencia: Permiso oficial otorgado a un empleado para ausentarse de su trabajo durante determinado tiempo, por los conceptos establecidos en este Reglamento. 30. Nombramiento: La designación oficial de una persona para realizar determinadas funciones de un puesto. 31. Normas de Reclutamiento: Las determinaciones en cuanto a requisitos mínimos y el tipo de examen para ingreso a una clase de puesto. 32. Pago de Matrícula: El pago total 0 parcial de los derechos de matrícula a cursos especiales o universitarios. 33. Período Probatorio: El período durante el cual un empleado, al ser nombrado en un puesto de carrera estará en período de adiestramiento y prueba, y sujeto a evaluaciones períodicas en el desempeño de sus deberes y responsabilidades. 34. Plan de Clasificación: El sistema mediante el cual se 7 estudian, analizan y ordenan en forma sistemática los diferentes puestos que integran una organización formando clases y series de clases. 35. Plan de Retribución: El sistema mediante el cual se determina y establece el valor relativo de las clases que comprende el Plan de Clasificación. Se tomará en consideración factores como la naturaleza, complejidad del trabajo, grado de autoridad, responsabilidad que se ejerce y que se recibe; además, condiciones de trabajo; riesgos inherentes al trabajo y otros. 36. Principio de Mérito: El concepto de que los empleados públicos deben ser clasificados, seleccionados, ascendidos, trasladados, descendidos, adiestrados, retenidos y tratados en todo lo referente a su empleo sobre la base de la capacidad, sin discrimen por razones de raza, color, sexo, nacimiento, edad, origen 0 condición social, ni por sus ideas políticas o religiosas. 37. Procedimiento de Reingreso: El proceso mediante el cual un exempleado regular de carrera solicita la inclusión de su nombre en el Registro de Reingreso correspondiente. 38. Puesto: Conjunto de deberes y responsabilidades asignados o delegados por la autoridad nominadora que requieran el empleo de una persona durante todo el tiempo O parte del tiempo, de manera regular, contínua y estable, y que la persona al desempeñarlo adquiera automáticamente ciertos derechos y prerrogativas al ser nombrado, tales como 8 licencia de vacaciones y de enfermedad, participación en sistemas de retiro y otros establecidos por ley, los cuales caracterizan al empleado público. 39. Reclasificación: La acción de volver a clasificar un puesto que había sido clasificado previamente. La reclasificación puede ser a una clase de puesto de nivel superior, de igual nivel o de un nivel inferior. 40. Registro de Elegibles: Lista de nombres de personas que han cualificado para ser consideradas para nombramiento en una clase determinada luego de haber aprobado el examen correspondiente. 41. Registro de Ascenso: Un Registro de Elegibles para una clase determinada, el cual se estableció mediante una competencia limitada a empleados regulares de carrera de la Corporación que reunieron los requisitos exigidos y que tomaron y aprobaron el examen correspondiente. 42. Registro de Ingreso: Un Registro de Elegibles para una clase determinada, el cual se estableció mediante una competencia abierta a todas las personas que reunieron los requisitos exigidos y que tomaron y aprobaron el examen correspondiente. 43. Registro de Reingreso: Un Registro de Elegibles para una clase determinada que incluye nombres de personas que habían sido empleados regulares de carrera en la Corporación en puestos de esa misma clase y que se hayan separado del servicio por cualquier razón que no sea por acción disciplinaria. 9 44. Reglamento o Reglamento de Personal: El conjunto de normas aprobadas por la Junta de Directores para llevar a cabo la administración del personal no cubiertos por convenios colectivos y que están aquí contenidas. 45. Renuncia: La separación total, absoluta y voluntaria de un empleado de su puesto y del servicio. 46. Suspensión de Empleo y Sueldo: La separación temporal de su puesto y del servicio impuesta a un empleado como medida disciplinaria por justa causa. 47. Traslado: El cambio de un empleado de un puesto a otro en la misma clase 0 a un puesto en otra clase con funciones de nivel similar y/o el mismo tipo mínimo de retribución. 48. Vista Administrativa: Una audiencia para presentar los argumentos y planteamientos , por escrito o en forma oral, sobre un asunto en particular. Puede ser para defenderse contra cualquier acción que considere lesiva a sus derechos como empleado o contra imputación, cuya sanción pudiera resultar en la suspensión de empleo y sueldo o la destitución del servicio de un empleado. 10
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