Regl. 4481, art. XIII-13.1 dup2
Jornada de Trabajo
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Cite as Reglamento Núm. 4481, Art. XIII-13.1 dup2
A) La jornada regular diaria de trabajo de la Corporación consistirá
de siete y media (7½) horas y las horas de entrada y salida de los
empleados será establecida por el Director Ejecutivo.
B) La jornada regular semanal de trabajo sobre la base de cinco dÃas
laborables, será de treinta y siete y media (37/1/2) horas.
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