Regl. 10, art. XII-1
Si cualquier disposición de este reglamento fuere anulada por sentencia judicial final y firme, ello no afectará, en modo alguno,
Cite as Reglamento Núm. 10, Art. XII-1
a los demás en el contenido.
Aprobado en 29 de noviembre de 1945 según aparece en el Acta de la reunión de
la misma fecha.