Regl. 4524, art. XXIV-IV

Definiciones

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Cite as Reglamento Núm. 4524, Art. XXIV-IV

Para fines de este reglamento las siguientes palabras o términos tendrán los significados que se expresan a continuación, excepto cuando se indique otra cosa: 1. Acta el Documento en el cual recopilará en detalles todos los asuntos y acuerdos de las reuniones de la Junta 2. Addendum el suplemento que comprende cambios O adiciones a los planos, especificaciones, condiciones generales o cualquier otro documento de la subasta según se publicó originalmente 3. Adjudicación por partida la selección de determinadas partidas de varias proposiciones sometidas por los licitadores 4. ASG Administración de Servicios Generales 5. Aviso de Subasta anuncio publicado en periódicos de circulación general, solicitando proposiciones para una subasta 4 6. Condiciones Generales para la Contratación de Obras Públicas y Otros Documentos Relacionados Documentos que rigen la contratación para la realización de toda Obra Pública en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, aprobado el 27 de octubre de 1976 por el Gobernador de Puerto Rico 7. Departamento Departamento de Transportación y Obras Públicas 8. Día Laborable Cada uno de los días de la semana, excepto los sábados, domingos y los días legalmente declarados feriados. Medio día feriado se considera como feriado en su totalidad 9. Emergencia Situación inesperada que requiere acción inmediata por estar en peligro la seguridad pública, la vida o salud de una O más personas o por estar en peligro de suspenderse o afectarse adversamente los servicios públicos esenciales o si el término para usar los fondos está a punto de expirar y se pierde la oportunidad de adquirir los bienes, obras o servicios, afectándose adversamente el interés público 10. Fianza de Cumplimiento de contrato Garantía requerida a ser prestada por el licitador agraciado y su asegurador para garantizar el cumplimiento de todas las condiciones del contrato 11. Fianza de Cumplimiento de Entrega garantía requerida a ser prestada por el licitador agraciado y su asegurador para garantizar la entrega de los materiales, equipo y otros artículos incluídos en la subasta 12. Fianza de Cumplimiento de Pago Garantía requerida al licitador agraciado y asegurador para garantizar el pago, por mano de obra, materiales o equipo en la realización del trabajo O servicios provisto en el contrato 5 13. Garantía de Proposición Fianza requerida a los licitadores conjuntamente con su proposición, para garantizar que va a formalizar el contrato si se le adjudica la subasta 14. Impugnación Solicitud para que se revisen las especificaciones y condiciones contenidas en los pliegos de la subasta convocada O la adjudicación de la misma 15. Invitación a Subasta Notificación por escrito a los posibles licitadores solicitando proposiciones para una subasta 16. Junta Junta de Subastas del Departamento de Transportación Y Obras Públicas 17. Licitador Persona natural o jurídica que participa o puede participar en una subasta presentando su oferta 18. Licitador Agraciado Persona natural O jurídica a quien se adjudica la subasta 19. Presidente Persona designada por el Secretario para presidir la Junta de Subasta del Departamento 20. Proposición Oferta por escrito de un licitador en contestación al aviso o invitación de subasta, acompañada de los documentos requeridos y debidamente firmada y garantizada 21. Quorum Número de miembros presente de la Junta, necesarios para que ésta pueda tomar acuerdos. Para efectos de este Reglamento dos miembros constituirán quorum 22. Secretario Secretario de Transportación y Obras Públicas 23. Secretario de la Junta Será el Director de la Oficina de Compras y Contratos 24. Pliego de Subastas Documento que se entregará a los licitadores interesados en cotizar, en los cuales se habrá expresado todo lo necesario para 6 facilitarle a éstos preparar sus ofertas 25. Subasta Proceso mediante el cual se adquieren bienes o servicios al mejor postor Artículo V. Creación de la Junta Se crea la Junta de Subastas del Departamento con los poderes y deberes que se disponen en este reglamento. La Junta le responderá directamente al Secretario.
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