Regl. 4524, art. XXIV-IV
Definiciones
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Cite as Reglamento Núm. 4524, Art. XXIV-IV
Para fines de este reglamento las siguientes palabras o
términos tendrán los significados que se expresan a
continuación, excepto cuando se indique otra cosa:
1. Acta el Documento en el cual recopilará en
detalles todos los asuntos y acuerdos de las
reuniones de la Junta
2. Addendum el suplemento que comprende cambios O
adiciones a los planos, especificaciones,
condiciones generales o cualquier otro documento de
la subasta según se publicó originalmente
3. Adjudicación por partida la selección de
determinadas partidas de varias proposiciones
sometidas por los licitadores
4. ASG Administración de Servicios Generales
5. Aviso de Subasta anuncio publicado en periódicos
de circulación general, solicitando proposiciones
para una subasta
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6.
Condiciones Generales para la Contratación de Obras
Públicas y Otros Documentos Relacionados
Documentos que rigen la contratación para la
realización de toda Obra Pública en el Estado
Libre Asociado de Puerto Rico, aprobado el 27 de
octubre de 1976 por el Gobernador de Puerto Rico
7. Departamento Departamento de Transportación y
Obras Públicas
8. Día Laborable Cada uno de los días de la semana,
excepto los sábados, domingos y los días legalmente
declarados feriados. Medio día feriado se
considera como feriado en su totalidad
9. Emergencia Situación inesperada que requiere
acción inmediata por estar en peligro la seguridad
pública, la vida o salud de una O más personas o
por estar en peligro de suspenderse o afectarse
adversamente los servicios públicos esenciales o si
el término para usar los fondos está a punto de
expirar y se pierde la oportunidad de adquirir los
bienes, obras o servicios, afectándose adversamente
el interés público
10. Fianza de Cumplimiento de contrato Garantía
requerida a ser prestada por el licitador agraciado
y su asegurador para garantizar el cumplimiento de
todas las condiciones del contrato
11. Fianza de Cumplimiento de Entrega garantía
requerida a ser prestada por el licitador agraciado
y su asegurador para garantizar la entrega de los
materiales, equipo y otros artículos incluídos en
la subasta
12. Fianza de Cumplimiento de Pago Garantía requerida
al licitador agraciado y asegurador para garantizar
el pago, por mano de obra, materiales o equipo en
la realización del trabajo O servicios provisto en
el contrato
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13.
Garantía de Proposición Fianza requerida a los
licitadores conjuntamente con su proposición, para
garantizar que va a formalizar el contrato si se le
adjudica la subasta
14. Impugnación Solicitud para que se revisen las
especificaciones y condiciones contenidas en los
pliegos de la subasta convocada O la adjudicación
de la misma
15.
Invitación a Subasta Notificación por escrito a
los posibles licitadores solicitando proposiciones
para una subasta
16.
Junta Junta de Subastas del Departamento de
Transportación Y Obras Públicas
17. Licitador Persona natural o jurídica que
participa o puede participar en una subasta
presentando su oferta
18. Licitador Agraciado Persona natural O jurídica a
quien se adjudica la subasta
19. Presidente Persona designada por el Secretario
para presidir la Junta de Subasta del Departamento
20.
Proposición Oferta por escrito de un licitador en
contestación al aviso o invitación de subasta,
acompañada de los documentos requeridos y
debidamente firmada y garantizada
21.
Quorum Número de miembros presente de la Junta,
necesarios para que ésta pueda tomar acuerdos.
Para efectos de este Reglamento dos miembros
constituirán quorum
22. Secretario Secretario de Transportación y Obras
Públicas
23. Secretario de la Junta Será el Director de la
Oficina de Compras y Contratos
24.
Pliego de Subastas Documento que se entregará a
los licitadores interesados en cotizar, en los
cuales se habrá expresado todo lo necesario para
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facilitarle a éstos preparar sus ofertas
25. Subasta Proceso mediante el cual se adquieren
bienes o servicios al mejor postor
Artículo V. Creación de la Junta
Se crea la Junta de Subastas del Departamento con los
poderes y deberes que se disponen en este reglamento. La
Junta le responderá directamente al Secretario.