Regl. 4524, art. XXIV-IX
PROCEDIMIENTO PARA CELEBRAR SUBASTAS FORMALES
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Cite as Reglamento Núm. 4524, Art. XXIV-IX
Aviso o Invitación a Subasta
1. El Departamento podrá convocar a subastas formales
mediante aviso en uno O más periódicos de
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circulación general O por invitación.
2. Cuando la convocatoria sea por periódicos, se
indicará el sitio, fecha y hora para recoger el
pliego de la Subasta. Cuando sea por invitación el
pliego se podrá enviar con la convocatoria. En
caso de que sea oneroso para el gobierno, se
enviará la convocatoria solamente Y se indicará el
sitio, fecha y hora donde recoger el pliego.
3.
Podrán participar en las subastas convocadas por el
Departamento, toda persona natural o jurÃdica que
cumpla con los requisitos exigidos a los
licitadores por la Administración de Servicios
Generales y que estén inscrito en el Registro de
Licitadores de dicha Agencia.
4. Se celebrarán subastas formales por invitación
cuando para el bien o servicio que se vaya a
adquirir exista un registro de licitadores
disponible y cuando se subaste un proyecto que se
considere de emergencia en cuya ocasión el
Secretario emitirá y firmará una resolución
declarándolo asÃ.
5. Cuando la subasta sea convocada por invitación se
enviarán los pliegos por escrito a los licitadores
incluidos en el Registro de Licitadores de la
Administración de Servicios Generales.
6. Cuando un licitador que no esté registrado
comparezca con una cotización, la Junta no deberá
rechazarlo por este motivo y le dará diez dÃas
desde la apertura de la subasta para que someta
todos los documentos requeridos para ser incluÃdo
en el Registro de Licitadores de la ASG. Si luego
de transcurrido los diez dÃas no ha cumplido con
dicho requisito, su oferta no será considerada.
7. La Oficina de Compras y Contratos preparará y
tramitará toda convocatoria a subasta formal, para
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lo cual utilizará la información que le provea la
oficina concernida con el objeto de la subasta.
8. Todo anuncio de subasta formal requerirá la
aprobación del Secretario.
9.
Se proveerá un término razonable para el estudio de
los pliegos, el cual no deberá ser menor de tres
dÃas, desde que se recibe la invitación a subastas
y la fecha lÃmite para entregar las ofertas.
10. En aquellos casos que el Secretario entienda que
hay necesidad de adquirir bienes o servicios en un
corto plazo, para los mejores intereses del
Departamento para prestar sus servicios, se podrá
dar para el estudio del pliego de subasta no menos
de 24 horas.
11. La convocatoria de subasta formal incluirá entre
otros, los detalles de la obra a realizarse,
servicios, materiales o equipo a adquirirse O
arrendarse; venta de chatarra y materiales de
construcción excedentes de Acervo. Incluirá además
las instrucciones sobre la prestación de fianzas y
obtención de planos y especificaciones.