Regl. 4526, art. V
Radicación y Trámite de Solicitudes
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Cite as Reglamento Núm. 4526, Art. V
Toda solicitud para cualquier tipo de ayuda para los propõsitos
que se señalan en este Reglamento, deberá radicarse en formularios
provistos al efecto, a través de la Oficina Central de la Corporación
0 de la Oficina del Centro para el Desarrollo Rural correspondiente
al área en que se proponga el desarrollo de la actividad.
Para la tramitación de dichas solicitudes se seguirá el procedimiento interno que establezca la Corporacion. En aquellos casos
en que el Secretario previa recomendación del Director apruebe la
solicitud, se procederá a otorgar el contrato a que se refiere el
ArtÃculo VI de este Reglamento.