Regl. 4531, art. 1 dup3

Requisitos para Obtención de Licencia

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Cite as Reglamento Núm. 4531, Art. 1 dup3

Toda persona que aspire a obtener licencia para ejercer la profesión de Administrador de Servicios de Salud en Puerto Rico deberá cumplir con los siguientes requisitos: 1.1 Ser mayor de edad 1.2 Ser residente de Puerto Rico -8- 1.3 Presentar ante la Junta declaraciones juradas de dos (2) miembros de la comunidad, acreditativas de la buena conducta del solicitante 1.4 Presentar ante la Junta un Certificado de Antecedentes Penales, expedido por la Policía de Puerto Rico en los últimos seis (6) meses. 1.5 Presentar ante la Junta un certificado médico acreditativo de que el solicitante goza de buena salud al momento de radicar su solicitud. 1.6 Presentar ante la Junta un diploma 0 SU equivalente, expedido por una universidad, colegio o escuela reconocida por la Junta, acreditativo de haber obtenido el grado de Maestro en Administración de Hospitales 0 en Administración de Servicios de Salud. Disponiéndose, que en el caso de instituciones educativas en Puerto Rico, los programas deberán estar acreditados por el Consejo de Educación Superior de Puerto Rico (C.E.S.) y si radican en Estados Unidos por la entidad nacional "Accrediting Commission on Education for Health Services Administration" 1.7 Aprobar el examen de reválida ofrecido por la Junta 1.8 Practicar por un período de un año como Administrador de Servicios de Salud en el servicio público, luego de haber cumplido con los requisitos establecidos en los incisos 1.1 al 1.7 de este Artículo y conforme a lo dispuesto en la Ley Núm. 79 de 28 de junio de 1978.
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