Regl. 4531, art. 4 dup5

Administración de los Exámenes

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4.1 Materiales para tomar el examen Los aspirantes deberán proveer el material que requiera la Junta para la toma del examen. 4.2 Forma del Examen El examen será por escrito. 4.3 Idioma El examen será en el idioma español. 4.4 Identificación del Examinando Se requerirá a todo candidato presentar identificación válida al presentarse al examen. -10- 4.5 Identificación del Examen Cada candidato recibirá un sobre conteniendo el examen y una tarjeta para identificarlo, todo este material numerado. E1 candidato firmará la tarjeta. El examen será calificado por el número. 4.6 Duración y Conducción del Examen La duración y conducción del examen será determinada por la Junta. En ningún caso podrá presentarse un candidato al examen después de comenzado ni se le permitirá continuar escribiendo una vez concluya el tiempo determinado. Tampoco podrá retirarse del salón una vez comenzado el examen. En caso de que un examinando deba ausentarse del salón de examen por alguna causa justificada, la Junta resolverá como estime conveniente. 4.7 - Supervisión El examen será supervisado y administrado por lo menos por dos (2) examinadores, quienes en modo alguno se ausentarán del salón sen dejar a otro examinador en su puesto. La Junta podrá seleccionar administradores cualificados para supervisar los exámenes. Estos deberán llenar los mismos requisitos que se exige a los miembros de la Junta. Mientras se desempeñen en estas funciones, dichos administradores actuarán como miembros de la Junta con todos sus deberes y responsabilidades. 4.8 Oportunidades para tomar el examen Todo aspirante a ejercer la profesión de Administrador de Servicios de Salud que no apruebe el examen de reválida en la primera ocasión, tendrá tres (3) oportunidades adicionales para comparecer a dicho examen. Cuando un aspirante haya fracasado en cuatro (4) ocasiones distintas en el examen de reválida, podrá someterse a un quinto examen cuando presente evidencia fehaciente de haber asistido y aprobado el curso 0 serie de cursos especiales que la Junta autorice. La Junta ofrecerá una sexta oportunidad al aspirante para tomar el examen de reválida, siempre y cuando presente evidencia fehaciente de haber asistido a los cursos que establece esta sección y de haberlos aprobado con una calificación equivalente a por lo menos el ochenta y cinco por ciento (85%) de la calificación máxima obtenible. -11-
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