Regl. 4545, art. 13-9
Al finalizar el año fiscal, el Secretario
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Cite as Reglamento Núm. 4545, Art. 13-9
preparará un resumen de la labor realizada
por la Junta a base de este resumen, el
Presidente preparará un informe anual que
una vez aprobado por la Junta Examinadora de
Agrónomos será el informe anual de la Junta
al Gobernador y a la Legislatura de Puerto
Rico.