Regl. 4550, art. 1-6.8.2

Reglamento de Educacion Continua y Registro para Recertificacion de Fisioterapistas y Asistentes de Fisioterapia.

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Cite as Reglamento Núm. 4550, Art. 1-6.8.2

Para la recertificación el Profesional pagará veinticinco dólares ($25.00) en giro postal a nombre del Secretario de Hacienda. Dicho pago será incluído con la solicitud (aplica siempre).
Regl. 4550, art. 1-6.8.2: Reglamento de Educacion Continua y Registro para Recertificacion de Fisioterapistas y Asistentes de Fisioterapia. | Justis AI