Regl. 4550, art. 1-6.8.6
Reglamento de Educacion Continua y Registro para Recertificacion de Fisioterapistas y Asistentes de Fisioterapia.
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Cite as Reglamento Núm. 4550, Art. 1-6.8.6
Para aquellos profesionales que han estado ejerciendo fuera de Puerto Rico y que no hayan renovado
su licencia, se le exigirá una declaración jurada donde
se exprese lo siguiente:
tiempo fuera del paÃs
donde ha estado ejerciendo
si ha cumplido con requisito de
educación continua tiene que
presentar evidencia al respecto.
La Junta evaluará los documentos
y determinará la acción a tomar.