Regl. 4550, art. 1-6.8.6

Reglamento de Educacion Continua y Registro para Recertificacion de Fisioterapistas y Asistentes de Fisioterapia.

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Cite as Reglamento Núm. 4550, Art. 1-6.8.6

Para aquellos profesionales que han estado ejerciendo fuera de Puerto Rico y que no hayan renovado su licencia, se le exigirá una declaración jurada donde se exprese lo siguiente: tiempo fuera del país donde ha estado ejerciendo si ha cumplido con requisito de educación continua tiene que presentar evidencia al respecto. La Junta evaluará los documentos y determinará la acción a tomar.
Regl. 4550, art. 1-6.8.6: Reglamento de Educacion Continua y Registro para Recertificacion de Fisioterapistas y Asistentes de Fisioterapia. | Justis AI