Regl. 4550, art. 1-9.3
Procedimiento de acción inmediata
Length: 119 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 4550, Art. 1-9.3
En aquellos casos en que el Departamento de Salud
emita una resolución u orden de acción inmediata al
amparo de la sección 3.17 de la Ley Núm. 170, en lamisma
resolución u orden notificará a las partes con interés
y a la parte destinataria de la resolución u orden la
fecha de la vista para considerar si la resolución u
orden se hace permanente, se deja en vigor temporeramente
o se deja sin efecto. Esta vista tendrá lugar dentro
de los 10 dÃas laborables siguientes a la expedición de
la resolución u orden de acción inmediata.
Una vez concluida la vista a que se hace referencia
en este artÃculo, el oficial examinador determinará el
curso ulterior de los procedimientos.