Regl. 4564, art. 1-111

- Licencias

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Cite as Reglamento Núm. 4564, Art. 1-111

"A. "B. La solicitud de licencia se hará en un formulario especial suministrado por el Secretario. Cuando el solicitante sea una compañía, la solicitud deberá ser radicada y firmada por un oficial de alto rango, con poder decisional, perteneciente a la misma. La compañía deberá someter al Departamento una carta en la cual se indica el nombre y título del oficial designado para radicar y firmar la solicitud de licencia, proveer todos los documentos requeridos y asumir responsabilidad con relación a dicha solicitud. "C. 2 "D. Como condición para la expedición 0 renovación de estas licencias el importador deberá cumplir con los siguientes requisitos: 1. Poseer local 0 almacén y facilidades adecuadas para manipular, inspeccionar, almacenar y refrigerar los guineos 0 plátanos. Las facilidades para almacenar refrigerados los guineos o plátanos deberán tener no menos de 2,500 pies cúbicos. En el caso de guineos 0 plátanos mondados congelados el importador deberá poseer facilidades de tamaño no menor de 2,500 pies cúbicos para mantener congelados esos productos. En aquellos casos en los cuales el importador cumpla con el espacio mínimo para almacenaje y posteriormente el tamaño de dichas facilidades resulte deficiente tomando en consideración de manera proporcional las medidas anteriormente establecidas, tendrá facultad el Secretario de Agricultura o su representante autorizado para denegar la expedición 0 renovación de la licencia hasta tanto se cumpla con los nuevos requisitos de espacio mínimo que se fijen. Deberá tener, además, facilidades adecuadas para la carga y descarga de guineos O 3 plátanos, tales como plataforma 0 rampa, contiguos a las facilidades de almacenamiento, refrigeración y congelación si aplica. En adición, deberá tener espacio suficiente para el estacionamiento de furgones. Dichas facilidades deberán estar localizadas en un área comercial y deberá someter evidencia fehaciente a los efectos. 2. 3. 4. 5. 6. 7. Tener al día los pagos de multas administrativas y de los cargos de inspección. 8. Si es entidad jurídica registrada en el Departamento de Estado de Puerto Rico, deberá someter un certificado de incorporación de dicho Departamento 0 del Estado de los Estados Unidos donde esté incorporada. Si opera bajo un nombre comercial y no está registrado en el Departamento de Estado, deberá someter una declaración jurada acreditando ese hecho. 9. 10. 11. Someter copia del permiso de uso otorgado por la Administración de Reglamentos y Permisos de la 4 - Junta de Planificación de Puerto Rico. 12. Someter al Departamento un certificado de antecedentes penales de la Policía de Puerto Rico. Cuando el solicitante sea una compañía, dicho certificado deberá ser sometido por el oficial designado, según se describe en el inciso B de este artículo. 13. Deberá someter un estado de la situación financiera de su negocio certificado por un Contador Público Autorizado. Este documento se considerará como estrictamente confidencial y para uso exclusivo del Departamento. 14. Someter un Certificado del Departamento de Hacienda de Puerto Rico como que está libre de deudas con el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico." "E.
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