Regl. 4565, art. 10 dup2
Procesamiento y Envasado de Leche y Productos
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Cite as Reglamento Núm. 4565, Art. 10 dup2
de Leche
Ninguna leche O productos de leche serán
procesados en las vaquerias, a menos que dicho
procesamiento se realice en facilidades físicamente separadas, que reúnan los requisitos
establecidos por el Reglamento Sanitario Número
138 del Departamento de Salud. Dichas facilidades, incluyendo el proceso, serán previamente
aprobados por el Departamento de Salud.