Regl. 4565, art. 24

Autoridad Legal

Length: 42 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 4565, Art. 24

Este Reglamento es promulgado por el Secretario de Agricultura de acuerdo a las facultades que le confiere la Ley Núm. 34 del 11 de junio de 1957, según enmendada y la Ley NúM. 60 del 25 de abril de 1940, según enmendada.
Regl. 4565, art. 24: Autoridad Legal | Justis AI