Regl. 4565, art. 26

Vigencia

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59 2 La estabilidad de la Industria es asunto de primordial importancia para el país. Es por eso que la Industria Lechera está revestida de interés público y por tal razón la venta, mercadeo y distribución de la leche debe estar reglamentada. Uno de los puntos fundamentales en la producción, elaboración y venta de la leche fresca, es el mantener una calidad óptima del producto y poderla garantizar al consumidor. En atención al clamor de ganaderos, elaboradores y público consumidor, se establece por medio del presente reglamento, las normas que regirán la calidad y los aspectos sanitarios del producto, en todas las fases de producción, elaboración y venta de leche fresca. Además, establece los poderes necesarios al Administrador, para fijar los requisitos que regirán la calidad del producto y el mecanismo de implantación de los mismos.
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