Regl. 457, art. 101-101(7)-1

Ligas commeiales, eduares de compreio, juntas 4a propietarios de bienes rafees y juntas de comercio. Una liga comercial on una asociacide de personas con us interés comercial comin, euyo propdsito es estimular dicho

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interes comfo y no dedicares a un negocio regular de una clase que ordinariamente se efectue con fines de lucro. Es una organización de la misma categoría general que una edsare de comercio o junta de comercio. Por 10 tasto, sus actividades deberufa al mejoramiento de las condiciones comerciales do una o main 11- nons de negocio y no a la prestación de servicios particulares a personas individuales. Usa organizacida euyo fin es dedicares a un negocio regular de una clase generalmente descripatiada con fines de luero, aunque el negocio se conduses sobre base cooperative o produses únicamente ingreso suficiente para su propio sestenisiento, no es usa liga comercial. Una asociacida dedicada a suplir información a inversionistas potenciales, para permitirles realiser inversiones juiciosas, no es una 11(m comercial, ya que sus actividades no estimulan ningún interes comercial 282 comin, aunque todo au ingreso se dedique al fin indicado. Una belsa de acciones no es una liga commreial, ni use odenra de comercio ni una justa do comercio dentro del significado de in Ley 7 no estd exents de contribuciones. Una associación o banco de liquidacida, que no estd organizada con fines do lucro, at ninguna parte de su ingreeo redunds on beneficio de ningún accionista o individuo particular, estand exents siengre que sus actividades 00 limiton al intercashic de cheques y a trabajo similar para el beneficio consin de sus missbros. Seccida 101. EXENCIONES DE CONTRIBUCION SOBRE CORPORACIONES. Las siguientes organisasiones estarán exentes de tributacidn bajo esta Loy-nas (8) Ligns u organizaciones ofvices que no estda organizadas con fines de Incro sino que funcionen exclusivamente para la promocidn del bionestar social, o asociaciones locales de empleados euys matricula estd limitada a los emploados de determineda persona o personas on un municipio en particular, y evens utilidades netas sean dedicades exclusivemente a fines caritativos, educatives o recreativos,***
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