Regl. 457, art. 102-112(a)-1 dup2

Ventas o permutas. (a) 81 monte hasts al cual se reconocers

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Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 102-112(a)-1 dup2

la cantidad de ganancia o pérdida on la vents D permats de propiedai, determinada caon la acceida 111, está sujeto a las disponiciones de la secuida 112. La regla - neral es que el mento total de gamancia o perdida ha de ser reconsei4o. (b) Se proveon excepciones a la regla general en las seceiones 112(b) (1) a (5), inclusive, la succión 112 (b) (10) y la seceida 112(1), on el case de ciertes permutes 304 de propiedad, especfficamente descritas, en les cuales, a la fecha de la permits, existen diferencias específicas entre la propieded codida y 1s propiedad adquirida, pero tales diferencias son más formales que substanciales. Be cumate a datas, la Ley de Contribusiones sebre Ingresos dispone que tales diferencias no se considerarein predeminantes, 7 que no Be recomeserá ganancia o pérdida al realizarse la permeta. In presuncida predominante on estas excepciones os que la nueva propiedad es substancialmente use continuación do la vieja inversidn todavia sin liquidar; y, en caso de reorganisaciones, que is nueva express, la nueva estructura corporative y la susve propieded son substancialmente une continuación de la vieja todavfa sin 11- quidar. (c) La Ley proves una disposición capecifica para el caso en que, on adicida a la propiedad que pueda recibirse libre do contribucida on la permits, Be recibe como adehala etra propieded e dinero. In tal CASO - recomene ganancia hasta el scute de la adehala (véase la seceida 112 (c) y (a)), pero no an reconses pdrdida de class algana (véase la seceida 112 (e)). (a) Las exceptiones & la regla general que required reconseimiento de todas las ganancias y périddas, como todas las otras excepciones a use regla de contribucide de aplicación general y uniforme, se interpretan restrictivamente 7 no se extienden use alle de las palabras o de Iss presunciones y los propdsitos fundamentales de Is excepción. La Ley de Contribuciones sobre Ingresos dispons que no haya reconceimiento unicamente si 1a permite - una que satisface tanto (1) la descripción especffica estatutaria de una permite exents, y (2) el propdsito Fundamental por el cual dicha permuta se exceptive 4a 1a regla general. La permits time que BUT affair, y un Incidente necesario as, 3m inverside o express a mano. La relacida de la permute con la transacción 2 express on siempre material, 7 les bechos y circumstancias existentes debersin probarse. Como signare, el contribuyente que reclame el beneficio de la excepaida debord probar que cate cubierto por 1a mism. (o) Para constituir use permits dentro del significado de la seceida 112(b)(1) a (5), inclusive, is seccida 112(b)(10) 7 la secoida 112(1) # la transacción deberd ser una transferencia reciprece de propiedad, a diferencia de una transferencia de propieded a cambio de dinero interments. (r) Véaso la seceida 112 (b) (6) en relación con el DO reconceisiento de (manein o pdrdida on caso de resibir propieded distribuída en use liquidación total de Mm corporacida bajo ciertes circunstancias especfficamente descrites. 305
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