Regl. 457, art. 102-112(b)(5)-3
Constancias a wantener e información a radicar
Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 102-112(b)(5)-3
(a) Toda persona que recibe acciones o valores de una corporación controlada a cambio de
propieded bajo la seceión 112 (b) (5), deberá redicar con su planilla de contribución
sobre ingresos para el afte contributivo on que la permute ocurrs, un informe complete
de todos los bechos pertinentes al no reconceimiento de genancia o pérdida en dicha
permuts, incluyendo-
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(1) Una description de la propieded transferide, o de su interes en dicha
propiedad, conjuntamente con un informe del costo u otra base de 1a misma, ajustada a la fecha de la transferencia, y
(2) Una relación de la cantidad de acciones o valores y otra propieded o d1-
sero recibide en 1a permute, incluyendo cualesquiers obligaciones del contribuyesto asumidas por la corporación controlada. KL mento de enda class de acciones o
valores y de cualquier otra propieded recibida, deberd expresaree según su justo
valor en el mercado, a la feeha de la permate.
(b) Cada corporacida asà controlada deberá redicar con su planilla de contribucids sobre ingresos para el allo contributivo on que ocurre la permita:
(1) Una description completa de toda 1a propieded recibida de los cedentes,
conjuntamente con use declaración del costo e cualquier otra base de la nisms, on
menos de los cedentes, ajustada a la fecha de 1a transferencia, y
(2) Un informe do la cantidad de acciones o valores y de cualquier otra propiedad o dinero que pasd a les cedentes on la transacción (incluyendo cualesquiers
obligaziones asumides por dicha corporacida controlada), accepafiado de un informe
complete del monto de las acciones y obligaciones emitidas y on circulación de diche corporación controlada invediatamente después de la permute y de la cantided de
cada class de acciones de dicha corporación controlada que tiene cada cedente inmedistamente despude de la permits ( indicando on cuento a cada clase, el número de
acciones, el percentajo que se passe y al derecho a voto de cada acción).
(c) Cade contribuyente que participe en use permits exents de contribusiones
bajo la seccida 112 (b) (5) deberá mantener constancias permanentes on forms objetivs indicando el costo o cualquier otra base en su poder de la propieded transforida,
y de la cantidad y monto de acciones o valores y de cualquier otra propiedad e asmero recibido, para facilitar 1a determinacida de ganameta o pérdida on una disposicidn subsiguiente de tales acciones o valores y de emalquier etra propieded recibida
on la permuts.
Seceida 112. RECONOCIMIENTO DE GANANCIA o PERDIDA.***
(b) Permitas Exclusivamente on Especie."**
(6) Propiedad recibida por uses corporación on liquidación total de otra.-