Regl. 457, art. 105(b)-3-131(a)-1

Anditions del erddito per costribusions. (a) as el centribuyente escegiere reclaser un crédito por contribucious, la base de dicho crédito,

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Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 105(b)-3-131(a)-1

(a) as el centribuyente escegiere reclaser un crédito por contribucious, la base de dicho crédito, en el case de un edultadano de 100 Estados Unidos, que funre residents da Puarto Rico, y en el case de une corporación o acciedad domintion, será como signes (1) an mento de cualesquiera contribusiones adore ingress, beneficios de quarre, o benefietcs excesives payada o acumuladas durante el alle contributive a 100 Batados Unidow, cualquier possuldo de 100 Retados Unidos, e cualquier page extfanjere; y (a) la parte propercional correspondiente a un individue de aquallas contribuciones de une succession o del and fuere beneficiario, pagadas o acumuladas durente el allo contributive a les Estados Unidos, cualquier percesión de los Estados Unidos, 9 un page extranjero, seglin fuere el case. (b) En el 0210 de un extraujere residente en Puerto Rico que optere por recla- DAT un crédito por las contributions: a que se refiere el pirrafe (a) de este are soule, la base del crédito card como signe: (1) a sente de cualesquiers de dichas contribuciones pagadas o consuledas durante el allo contributive a 100 Estados Unidos o cualquier de los Motados Unidos, (=) el ugate de cualesquiera de dichas contribuciones pagadas o acumuladas durante al allo contributive a cualquier page extranjero, del cual diche extranjero residents fuers ciudadano 0 adbdito, as dicho paid extranjero al 1 dichas contribuciones, concediere un crédito sindlar a les edultance de 100 Extados Unides que residen en dicho pafe; y (3) are parte propercional on cualesquiers de aquallas contribuciones de UNA succesión o fideiconico, del cuml 41 funre beneficiario, pagadas o acumuladas durante el allo contributive a 100 M tades Un$dos o cualquier posseside de los Estades Unides, o a cualquier paso 416 extranjero, negle fuere el case, $1 el pafe extranjero del outl dicho extranjero residents fuere cludadano 0 subdito, a1 imposer dichas contribusious, concediere un erfdito sindlar a les ciudadance de 100 Estados Unides que residen en dicho país. (c) us un contribuyente eligiers reclaser un crédito par contribuciones, dicha accida card considerada 0000 aplicable a las contribusiones coure ingrees, benefietc. de guerra, If beneficies excesives pagadas a 100 Estados Unidos, a todos Los países extranjeres,y & las passiones de Los Estados Unides, y ninguna parte de diabes contribuciones word admitida como use deduction del ingrees brute. (a) La elección para a la reclasación de discho crédito, punde ser ejercide (a cambinda of hubders c&do previamente ejercide) por el contribuyente 68 cualquier fecha enter de in expiración dal perfoio preserito per estatute para ISdiear una reclased de crédito o reintegro para al allo contributive. Para 1a como use deducción de contribuciones extranjeras unbre ingresos, beneficios de guarra, o beneficies excesives on el CRED en que disha sleccidu Le hiciere, vehicle all artículo #3(c)-1. (=) No se consollent erédito algmo per contribuciones contra 2a contribucido Inpuesta bajo 1a seccida 102 (relative a La contribucido a corporaciones , sociedadas que indebidements accualares submite: o beneficios). Articule 231(a)-2 Países que o que no untisfacen el requisito de crédito sinilar. Un satisface el requisito de enddito sindlar de 1a sección 131(a)(a), en cuanto a las contribuciones nature ingress pagadas a discho rafe, bien concediendo a Los educadance de 100 Estados Unidou que residen 4333 dicho pass, una crédito per el wente de las contribusions: pagadas a etro pafe, o, al Aupouer dichas contribusiones, exintendo de tributación los ingresos recibides de fuentes de funra de dicho parts por civisdance de 100 Estados Unders que readen an dicho paso. Un pain no satiaface el requisito de crédito sinilar de is receive 131(a)(2) a1 no concode exedito alguno a 100 educadance de 100 Satades Unidos que medan ou dicho pass por el unate de las contribuciones sobre Ingrees pagadas a. etro país, . of diche pada no Expose contribusiones cobre ingrees. as al yes, del sunl un extranje- TO residents fuere cluindano o adadito, no concediere as and eiwindano de 200 Extados Unidas que redie sa dicho paso un crédito por contribucions pagadas por dicho cludadano a otro yours extrasjero, as as concederá erédito algmo & d&cho extranjero residente per contribuciones pagadas por €1 a dicho otro paid extranjero. deceido 131. CONTRIBUTIONS DE LOS ESTADOS united, POSESIONES DE LOS ESTADOS UNIDOS, Y PATIES EXTRASHEROS.* a 9 (b) Maditaciones al Cridito.- Artfeulo 131(b)-1 Maitaciones al crédito par contribuciones extrajeras. (a) EL monto de las contribucionen adore ingrees 7 beneficion, pagadas e asumuladas (incluyends law contribuciones que, de acuerdo con las disposiciones de in seceidn 131(s), fueren consideradas cono que has cido pagadas) durante el alle contributive a los Estados Unides, cualquier pafe extranjero o possion de 100 Estados Unidos, linitado bajo is seceida 131(b)(2) de manera que DD exceda aqualla proporcide de In contribución contra 1a call a) erddito funre tenado que al ingreso neto dal contribuyente de funntes deatro de dicho pass e poseside guarde con and ingress noto total, o on el CRIO de una corporación o sockeded, que al ingress noto sujeto a contribucida normal de 2a contribuyente de fuentes dentro de dicho país o pose- =160, guarde ean ou Ingrees neto total sujeto & contribución normal para el adams allo contributivo, or el erddito tentative para 100 fines de la contribucida addre Ingresos con respecto a lac contribusiones pagadas o acumuladas a dicho pafe e powouldn. In - de estes erfettos tentativos, limitada bajo la seccidn 131(b)(e) de manera que no exceden is n&om properción de la contribucide contra la cual el crédito DO tons que el Ingreso note del contribuyente de fuentes funza de Puerto Bico guarde con au Angreso nate total, e, en el caso de una corporación o socieded, que el ingress note aujeto a contribución normal de la contribuyente de Sumber fuera de Puerto Rico guarde con su $ngreso note total sujeto a contribusida normal para el nisue allo contributive, as el sonto admisible como us erédito contra 2a contribuside sobre Sugress befo esta Ley por contribuciones sebre ingrees o benefictos yagadas o ammiladas a los Estados Unidoo, poices extranjeros o pesesiones de Les Entades Unidos. A1 computer La contribución contra 1a sual el crédito funre toundo debert excluires la contribución injusta per In seceida 102. (b) La operatido de las livitaciones al crédito por contribusiones extrasjoras pagadas por individuos puede ilustraree mediants los siguientes ejemplos: Biemle (2), Ba 1994, A, un cludadono de los Estados Unidos, que $5 residente de Puerto Rico, tuyo un ingrees nate, por servicios prestados en Puarto Rico, - taste & $50,000 y us ingrese note, de functes dentro de In Gran Bretatis, de $25,000. Tiene derecho a use exención personal de 4000. n crédito por contribusiones extran- Jerns admisible en ou planilla para el allo natural de 1954 68 $23,355.00, computado COMO signe: Ingreso de fuentes dentro de Puarto Rico $50,000.00 Ingress de fuentes dentro de Gran Bratelia 25,000.00 Ingrees note total $75,000.00 Contribucion subre ingress de Puerto Rice cobre $74,200 ($75,000 meads $800) 40,060.00 Contribuciones britdaicas cobre ingresse y beneficies 18,000.00 Limitacide a las contribusiones britenicas sebre Ingress y beneficies bejo la seconds 131(b)(1) y (2) para determiner el crédito: (25,000 de $40,068) 13,356.00 (75,000 Crédito your contribuciones britdations achre ingress y beneficios (total contribuciones britdnicas sobre ingrees 7 beneficion, reducido 4a acuerdo cen las linitacions bejo in secatda 131(b)(2) y (=)) 13,356.00 Ejemplo (2): of en al ejemplo (1) anterior, A suviere un ingreso note de fuentes dentro de Bretails de $15,000 7 un Ingrees noto, de fuentes en Canada, de $10,000 If and contribusiones sobre ingrees y beneficies pagadas o acumuladas a Gran Brotalla If Coundal fueren $10,800 7 $4,500, respectivemente, el erédito por contribuciones extranjerns adminibles a A earfa $12,513.60 computedo couo algue: Ingreso de fuentes dentro de Puerte Rico $50,000.00 Ingreso de funntes destre de Gran Bretalla 15,000.00 Ingreso de funntes dentro de Canada 10,000.00 Total de ingress nete $75,000.00 Contribusiones do Puerto Rico adore ingresos sobre $74,000 ($75,000 means 4000) 40,065.00 Contribuciones sobre ingrees y beneficios 10,000.00 Linitación a las contribuciones britdaicas cobre Ingresse y beneficios bajo in 131(b)(1) yours determinar el crédito tentative ($15,000 de $40,068) 8,013.60 (75,000 Crédite tentative your contribuciones britdaions subre ingreses 7 beneficies(total de contribusiones britdnicas sobre ingress y beneficios, reducido de acuards ean 1a limitación bajo la accetda 131(b)(1)) 8,013.60 Contribuciones caradienses ashre ingresos y beneficios 4,500.00 419 Limitación a las contribuciones canadience sobre ingrees y beneficios bajo la seceida 131(b)(1) yara determiner el erédite tentative ($10,000 de $40,068) 5,342.40 ( 75,000 Crédite tentative your contribusiones condienses subre Ingress y besefictos (total de contribuciones canadiences achze Ingresse y beneficiou) ya que diets summ está dentro de la limitacido bajo in secoido 131(b)(1)) 4,500.00 Dums de crédito tentative (88,013.60 wills $4,500) 12,513.60 Limitación mobre la ama do crédites tentatives bajo 3a secoidn 131(b)(a) para determinar el crédito ($25,000 de $40,068) 13,356.00 (175,000 Mento total del erfdito adminible (amma de enddites tentatives, yes que disha sums estd dentro de la limiteción bajo In asseido 131(b)(2)) 12,513.60 (a) Se provee on la secoido 131 (b) que en el CROO de una corporación 0 seciedad domistion el wante del crédito para cualquier alle contributive respecto a is contribución pagada o aqualada a. 100 Entados Unidos, cualquier pafe extranjero, o de Les Estados Unides, no excederá de 1a adam proporción de 1a contribu- c16a Imposita por esta ley, que al. ingrees nato sujeto & contribución normal de la corporación o nooledad de fuentes dentro de dache país, o possesión de los Estados Unidos, con el ingress nete total aujeto a contribución normal de dicha corporacidu o socieded para el adom año contributive. El mosto total del crédito no excederá de 1a de la contribucida Inpuesta por esta 1my que ol 1n- green note sujeto B. contribucida normal de is corporación o secieded de fumates fun- 2% de Puerto Rico, guarde 000 el ingress nete total sujeto a contribucido normal para el adoms allo contributive. (c) La operacido de las linitaciones provistas an la operación 131(b) al erddito por contribusiones extranjeras pagadas por corporactones o sociedades podre ilustrarse mediante el siguiente ejemplo: Ejemple: Los siguientes dates existen yare. el allo natural de 1954 relatives - la corporacida A que rinds ass planilla de contribucions: subre ingrees a base del allo natural: 450 Ingress nete de todas law funates $ 50,000 Ingrees noto sujeto a contribucida normal 250,000 Ingrees nate del país extrunjere X 100,000 Contribución extranjern pagado sobre al ingress del page x 60,000 Contribucido cobre ingress de Puerto Rico 78,750 Compute del erédito por la contribucida extranjora: $100,000 X $70,750 31,500 $ 50,000 Contidad adadaible 00110 crédito contra 1a contribucido de Puerte Rico $31,500 (r) En el case que el ingress neto sujeto a contribución nermal se derivere de wills de uses paso, e de 100 Satadoo Unides de Audrica, la limitación provists en la sece1.6a 131(b)(2) as aplicant basada sobre el ingress note sujeto a contribucida normal del contribuyente de funntes funra de Puarte Rico y ol Ingress nato/na- total jeto & contribucido normal total de is corporación o secieded, y diche limitación es on adicide a is linitación provista on la sección 131 (b)(z). Secondo 131. CONTRIBUCIONES BE LOS ESTADOS UNIDOS, POSESIONES DE LOS SIZEADOS UNIDOS, Y PAINES EXTRAKJEROS.* # # (c) Ajustes al Pagares Contribuciones Acumuladas.- Artfeuls 131(0)-1 Nueva determinación de la contribución cunndo se denuestre que al crédite as incorrecto. (a) In general. No case que se concediers crédito por contribusiones admiladas, e por une parte properuised de Inc nãome, y la cantided efectivamente pagada a cuents de dishas contribuciones, o de use parte propercienal de las adoms, no fusre 1gml al mento de dicho crédito, e en que cuslquier page por contribucions acreditadas funre total o parcialmente, of contribuyente notificard invediatamente al Secretario. KA Secretario determiners de DUSTO of mento de 1a. contribusión de dicho contribuyente para el allo o alles para los cuels dicho crédite incorrecto hubiere adde concedide. E. mento de 1a contribucide, of alguna may, vencide al bacarse la nueva determination - payment your el contribuyente endiante notificación y requerindento del Secretardo. M. mento de 1a contribusidn, of alguma hay, que se demonstre per dicha number determinación gas se ha pa- (pdo en excess, and acrediteds 9 redategrade al contribuyente, de acuerdo con las disposiciones de 1a seceida 300. 451 (b) Contribusida extranjera depusits schre relatestes extranjeros. Cuando La determinacida de in contribución para wa alle, contributives 10 originare por el redutegre al contribuyente, de contribucido pagada a 100 Estados Unidos, & un pass extranjero, o posseden de 100 Estados Uniden, el nonto de declare reintegre your el cunl on mildere concedádo crédito cord reducido por el sente de oualquier contribueldo descrite en la secondo 131(n) Expuesta por 200 Estados Unidos, paids extranjero, o de 100 Satados Unidos, con respecto a dicho reintegre. En 420he case no DO conseder& crédito alguno bajo la secoide 131, at deducation alown bajo is secoide =3, on respecto a 42bs contribuside impuesta CObre el reintegre. (a) Interness. Cusado is move determineido de is contribucado para una allo, o alles contributives, we originare por al reintegro at contribuyente de 1a contaibucide pagada a 100 Estados Unidow, o a un para extranjero, e provide de 100 Natados Unddos de Aufrica, no se tesendo 18. intereses adore el mouto de 1a contrábucide adoutada al inscare dicha I determinacido come resultado del reintegro al contribuyente, yers cualquier perfoto anterior al recibo de dicho reintegre, excepte lasts el limite en que - pagare por 100 Estados Unidoo, pafe extranjero, o possede de Los Satades Unides, nebse dicho redategro para dicho perfodo. Articule 131(c)-0 Crédite por contribuciones acumuladas pero na En el 06:10 de use crédite reclarado por una contribusidn aqualada pero as payada, el discretarão point requerir, case condición previs a 1a concentido de un crédito, uma Clease del contribuyente. De requerires disha finns, in and you la cuantife que al decretario preseribe, 7 estard conticiousda a que el contribuyente page cualquier sents de contribuside que - enquentre vancide al realázarse cualquier may determination de 1a contribucido que suere necessrão hacer debido a que de comprusbe que dische crédite es errdese, con aquallas etres conticience adicionales que el Decretario punda requerir. Esta fisms de presterf por el contribuyente, 9 el agente o representante del contribuyente, COMP principal, y por findores a catizreceide de y aprobados per el Secretario. 151. IN LOS EXPADOS unknes, DE LOS HOTADOS UNIDOS X PAXIS EXTRANJEROG." # . (a) Alle - que podrá consine el arddito.-
Regl. 457, art. 105(b)-3-131(a)-1: Anditions del erddito per costribusions. (a) as el centribuyente escegiere reclaser un crédito por contribucious, la base de dicho crédito, | Justis AI