Regl. 457, art. 112-112(f)-1
Conversión involuntaria cuando la disposición de la propiedad convertida ocurre después del 31. de diciembre de 1953. (a) the general. Sate
Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 112-112(f)-1
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artÃculo se splica Unicamonte on relación con conversiones involuntaries on que
la disposisidn de la propieded convertida courre dospuée del 31 de diciembre de
1953. E1 término "disposición de la propieded convertida" significa 1a destruccida, robo, incautación, requisición, expropiacida de la propiedad convertida, o
la venta e permits de dicha propieded bajo inminencia do dicha requisición o exproplacida. La seccida 112 (f) se aplica solamente a ganancias; las pérdidas on conversiones involuntarias se reconosen o no sin tonar en consideracida esta sección.
Este artÃculo no se splicard on el caso de una conversión involuntaria de propieded
useds por el contribuyente como su residencia principal; velase el artÃculo 112 (n)-1.
En Caso de propieded usada on parte por el contribuyente CODIO residencia principal
y on parte para otres fines, se hard una asignación o distribucidn apropiada y este
artÃculo Be aplicard Informente en el caso de la conversión involuntaria de aquella
parte do la propiedad utilizada para tales otros fines.
(b) Conversión en propiodad similar. B1 la propieded (como resultado de BN
destrucción on todo o en parte, robo, incautación, requisición o expropiacida o la
seeneza o insisencia de la misms) se convierte, compulsoria o involuntariamente
adio on propieded similar o relacionada on servicio o uso con la propieded asf convertida, no se reconceers ganencia. No recomeer la ganancia es madatorio. B1 la
conversión es, total o parcial, on dinero o en propieded no similar o no relacionada
on servicio o uso con la propieded and convertida, vdese el párrafo (c) de este
artfeulo.
(e) Conversión en dinero e en propieded no sizilar. (1) St propioded (como resultado de su destruccida en todo o en parts, robo, incautación, requisición o expropisción o execuss inminente de ello) es obligatoria o involuntariamento convertida en dinero o en propiedad que no sea similar o relacionada on servicio o uso con
la propieded convertida, la ganancia, at alguns hay, será reconocida, a opeids del
contribuyente, unicamente basts el monto que is cantidad obtenida en tal conversido
exceda al costo de etra propieded comprada por el contribuyente que sea similar o
relacionada en servicio o use con la propiedad asf convertida o el costo de acciones
de use corporación que poses la otra propieded, comprades por el contribuyente para
adquirir el dominio de dicha corporacida, si el contribuyente compro la otrs propiedad, o dichas acciones, con el fin de receplaser la propieded asf convertida y dentro del perÃodo especificado en el inciso (3) de este párrafo.
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(2) Todos los detalles relacionados con uns conversión involuntaria de propieded que results en use genancia (incluyendo aquellos relacionados con el reemplaso de la propiedad convertida, e um decisidn do no resepleso e la expirecidn del perfodo para el recemplaso) BO informardo en la planilla para el allo e
los after contributivos on que GO obtenge cualquier parte de dicha genancia. Une
opción
para que dicha ganancia sea reconocida intenuente hasts el mento provisto on el inciso (1) de este pérrafo se hard incluyendo dicha ganancia en el
ingreso brute para el afte o los after contributivos Unicamente hasta dicho monto.
81, al momento de redicar una planilla, ha expirado el perfodo dentro del cual
la propieded convertida dabe receplasarse, o at BO se deseare tal opcida, is senancia deberá incluiree on el ingreso bruto para dicho afto o after de la senera
corriente. E1 dejar de incluir dicha ganancia en el ingreso brute de la manera
corriests, Be considerará como opción, de parte del contribuyente, para que dicha
ganencia see reconocida unformente hasta dende so provea en el inciso (2) de este
pdrrafo manque los detalles en relación con la conversión no se informen on dicha
planilla. 81, luego de haberse hecho opcida conforme a la seceion 112 (f) (2), la
propieded convertida no Be receplase dentro del perÃodo de tiempo requerido, o el
reseplaso as efectua a un costo menor del que se habfa anticipado al momento de
la opeida, o de decide no reemplazarla, la responsabilidad contributiva para ol
allo o after para los cuales se hiso la opeida habra de ser recomputada. Este nuevo
edeputo deberá hacerse on la forms de "planilla enmendade". S1 se decide hacer
opeido conforms a la sección 112 (f) (2) con posterioridad a la radicación de 1a
planilla y el pago de la contribucida para el afto 0 after en que cualquier parte
de la ganancia en una conversión involuntaria se realise 7 con anterioridad a la
expiración del perfodo dentro del cual la propieded convertida tiene que reamplasaree, deborá radicarse use reclamación de crédito o reintegro para dicho año o
after. S1 al recuplano de la propiodad convertida ocurre en was afto o en after on
que no se ha realizedo parte alguna de la genencia en la conversión, todos los astalles en relación con dicho receplaso deberda informaree en la planilla para d1-
cho año o after.
(3) 31 perfodo a que se refiere el inedso (1) de este pdrrafo es el perfodo
de tiempo que coniensa con la fecha de la disposicido de la propiedad convertida
o con la fecha del comienso de la amenose 0 inminencia de requisición o expropiaeida de la propiedad convertida, aquella que ocurre primero, y termica un afto
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después del cierre del primer allo contributive on que as realise alguna parte de
la ganancia obtenida en la conversión o a la terminacida de aquella fecha posterior que se establesca conforme a solicitud del contribuyente. Dicha solicitud
se redicard con anterioridad a la expiración del allo siguients al cierre del primer
año contributive en que De realice alguna parte de 1a ganancia obtenida on la conversion. Dicha solicitud doberd redicarse ente el Secretario, y deberá incluir
todos les detalles relacionados con la conversida involunteria. No se concederá
prdrroga de tiempo basade en dicha solicitud a nenos que el contribuyente preste
fianza, con las garentias que el Secretario requiers, en un monto que no exceda al
doble de las contribuciones adicionales estimadas (incluyendo interesce, penalidades,
serÃan
y adiciones a la contribucide) que sexia pagadoras, st no se hictose une opcida bajo
este artÃculo y condicionada al reseplese de 1a propieded convertida, dentro del perio do adicional de tiempo concedido (incluyendo cualesquiers prórrogas subsiquientes
concedidas por el Secretarie), o el pago de in contribución adicional atribuible a la
ganancia en la converside (incluyendo intereses, penalidades 7 adiciones a is contribuside).
(4) Propiedad e acciones adquiridas con anterioridad a la disposición as la propieded convertida, se consideren COMO que fueron comprates con el fin de receplaser a
la propieded convertida internente at dicha propieded o accions las posee el contribuyents a la fecha de 1a disposicidu de la propieded convertida. Be considerará que
propieded o acciones Be has comprado, unicaments mi, a no ser por las disposiciones de
la soccida 113 (a) (9), la base no ajustada de dicha propiedad o acciones fuere su
costo al contribuyente dentro del significado de la seceida 113 (a). S1 fuera a determinares la base no ejustada de la propiedad sustitute en poder del contribuyente en la
ausencia de la sección 113 (a) (9), bajo cualquiers de les otros pdrretos numerados de
la seccide 113(a), la base no ejustada de la propieded no serfa su costo dentro del
significado de la seceids 113(a). For ejemplo, si use propieded similar o relacionada
on servicio 0 uso con la propieded convertida, es adquirida por donación 7 BU base se
determina bajo la seceión 113 (a) (2), diehm propieded no calificará como recemplaso
para la propieded convertide.
(5) S1 un contribuyente hase ans opeido bajo la sección 112 (f) (2) cualquier deficiencia, para cualquier año contributivo en que se realise cualquier parto de la
ganancia en la converside, que sea stribuible a dicha ganancia, puade teansee en cualquier tiempo entes de expirar los 3 aftos, desde 1a fecha en que el contribuyente notifies al Secretario del resepleso de 1a propieded convertida o de una intencidu do
no receplaser, o de haber dejado do reseplesar dentro del perÃodo requerido, & pesar de las disposiciones de la seccide 272(c) o de las disposiciones de cualquier
otra ley o disposicide de ley que de otro modo evitera dicha tasación. S1 se be
hecho un resuplaso, dicha notificación incluiria todos los detalles relativos a d1-
che reemplase. Dicha notificación deberá hacerse conjuntamento con la planilla para
el afo contributivo o para los aftor on que ocurre el recepleso, o se formalism la
intensión de no resuplasar, o expira el perfodo para el reseplase. S1 el contribuyante not 10 desears, guede tenhidn notificer al Secretario entes de redicar su plaaills.
(6) 81 wa contribuyente hase une opcido bajo la secoidn 112(r)(e) y la propiedad sustituta o las acciones se adquirieron antes del contenso del Último allo contributivo en que se realisé cualquier parte de la gamancia en la conversión, cualquier deficiencia, para cualquier año contributivo que termine sates de dicho último
allo contributivo, que see. atribuible a tal opcion, puede tasaree en cualquier momento
anterior 6 la expiración del perfodo dentro del cual puede tasares una definiencia
para dicho último año contributivo, a peser de las disposiciones de la sección 272(f)
regla de derecho
o 275 o las disposisiones de cualquier ley o principio.da.ley que putiers de otro nodo eviter dicha tennción.
opción
(7) 61 un coutribuyente bace une sleesión bajo la secoido 112(f) (2), se reconocerá la gamancia en la conversión hasta of punto on que la cantidad realisada en tal
conversida exceda el costo de la propieded o de les acciones de receplaso, sin considerar si dicha contided Be logra on uno o main after contributivos.
(8) 31 producto de use police de que por sus termines assuso y ocupación
gure contra la pérdida efectiva sufrida on las genancies del negocio, no on producto
de una converside involuntaria, sino ingresos, del nisso modo que les ganancias, de
las cuales son sustituto, 10 hubiesen sido.
(9) No existe inverside en propieded de naturaleza unrdeter similar y dedicada a un uso similar si:
(1) E1 producto de propiedad insueble GO mejorada tomada on un procedimiento de
expropincide, se invierte on propiedad immusble rejorada.
(11) El producto de la conversión de propiedad insueble se use para la reducción
de use doude previamente insurrida on 1a compra de un arrendamiento.
(111) Il duello de un remoleador requisado use el producto para comprar barcanas.
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(10) si, en un process de expropiacide, el gobierno retions una parte de la
compensacida para satisfacer tributos especiales (special assessments) impuestos
contra el resto del solar . de la parcela de terreno gravada yor los beneficios
que resultaren debido a la expropiseide, la cantidad asf retenida deberd deducires
do la compensación total al determinar el monto neto de la compensacide.
Secoide 112. RECONOCIMIENTO DE GANANCIA o PERDIDA.***
(s) Definición de Beorgenisacida.
Artfeulo 112 (8)-1 Propdsito y aleance de la excepsión de permites en recrgnmisaciones. (a) Reorganisasiones. Según se uses on la reglamentación bajo la
seceida 118(s), los termines "reorganizaeidn" y "parte on una reorganisación" siguifican unicamento una recrganisación o una parte on une reorganisación sogin se
definen on dicha seceión. Con relación a las reorganisaciones de is seceida 112(b)
(10), véase el artÃculo 112(b) (10)-1.
(b) Propdsito. Bajo in regla general, al permitarse propiedad, debe determinares ganancia o pérdida en 1a permute de propiedad at la mave propieded difiere
do la vieja en un detalle sustancial, bion on clase bien on extensida. at propósito
de las disposiciones sobre reorganización de la Ley de Contribusiones adbre Ingresos
os exceptuar de la regis general ciertas permutes especificamente descrites, incidentales a aquallos reajustes de la estructura corporativa, efectuados on cualquiera
do los adtodos particulares especificados on la Ley, requeridos por exigencies mercentiles, y que efection Unicoments un reajuste de intereses continuados en la propiedad bajo forms corporativas modificadas. Son requisitos de was recrganisacidu,
bajo la Ley, la continuided de 1a expresa comercial bajo la forms corporativa modificade, y la continuided de interds on la atom de parte de aquallas personas que
eren los dustine de la express con anterioridad a la reorganisación. La Lay reconoce
como recrganisación el cashio (efectuado do use manera especificada) de una oxgress
comoreial operada por use sola corporación por la niona express comercial operada
por use corporacida matris 7 una subsidiaria, paro no la creación do una subsidiaria provisional CODO un recurso para efectuar un dividendo ordinario. La Ley reconoos como reorganización la fusido (qua ocurre en cierto sodo especÃfico) de dos
express corporativas bajo use sola estructura corporativa at existe entre los tonedores de las acciones 7 obligaciones de cualquiera de las corporaciones anteriores,
la requerida continuided do intereses on la nusvo corporacida, pero no existe reorga-
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nisación si los tenedores de las acciones y obligaciones de las viejes corporacionee son meraments tenedores de pagards a corto plaso on la nueva corporación. Pars excluir transacciones que no hubo intension do incluir, las especificaciones do
las disposiciones de la Loy relatives a recrganisaciones son precisss. Tasto los
térninos de las especificaciones CORIO are presunciones busicas 3 propdsitos tiemen
que satisfacerse para que el contribuyente tengs derecho at beneficio de la excep-
e16a de la regin general. Asf, puse, bajo 1a Ley, un pagard a corto plazo, por el
balance on el precio de compra, no os use garantia de use parte en una reorganisscide: un dividento ordinarie debord tratares coso un dividento erdinario, 7 una
vents dabe, sin embargo, trataree easo una venta, aunque se haya preparado el seconismo de une reorganisación.
(e) Aleance. E1 DD reconceimiento de genencia e pérdida as prescribe para dos
tipos de permites especfficamente descritos, a suber: Is permuta para la cual -
provee on la seceide 112 (b) (3), en la cual acciones o valores on use corporación
que es parte en use recrganisacida, se permuten, conforme a un plan de reorganismción, por acciones e valores on una corporacida que es parts on la misma reorganisacide; y 1a persute para 1a cual - proves en is seceida 112 (b) (4), on la cual une
corporación que es parte on In reorganizacida permute propiedad, conforme a un plan
de reorganisación, per acciones o valores on otra corporación que sea parte on la
alsoa reorganisación. La seceida 112(s) limita in definición del termino "reorganisacide" a seis classe de transmosiones y excluye todas las deads. De au contexto,
al término "una parte on use recrganisacida" puede significar unicamente una parte
on una transaceion especificamente definida CORD use reorganisación por la secsión
112(s). Ciertes regles relacionadas con 1a adebale (boot) recibida en cualquiera de
los dos tipos de permutes para los cuales Be provee on la seceida 112 (b) (3) 7 (4),
son prescrites on las secciones 118(c) 7 118(a). Bajo la secoide 112(1) se fija un
limite a estas disposiciones 7 se provee que, excepto bajo condiciones especificades,
las corporaciones extranjoras no se considerarda dentro de ou alcance. Las disposiciones estatutarias & que se refiere este pdrrafo son imaplicables a memos que
exista un plan de reorganisación. Un plan de reorganisación debord considerar 1a
ejecusido bonafide de use de las transacciones especfficamente descrites como une
reorganización on la seceida 112 (E) y la consumenta bonafide de cade uno de los
actos requeridos bajo los cuales se recluse que no no reconosea ganancia. Tal transeccide y tales actes serán no incidente ordinario y necesario a is operación do la
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express y proveerán para la continuación de is micms. Un plan que envuelva une
variación abrupts del procedimiento normal. de reorganisación, diseñado y adoptado
en relación con une transacción en la qual es inminente in imposición de is contribución, no as un plan de reorganización.