Regl. 457, art. 113-113(b)(2)-2
Base subtitute. (a) Siempre que sparessa que la base de
Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 113-113(b)(2)-2
propiedad on poder del contribuyente es use base sustitute, segin se define en la
secoide 113(b)(2), los ajustes inliendos on el artÃculo 113(b)(1)-1, Be hards despude de habor efectuado, respecto a dicha base sustitute, 100 ajustes propies do LEXUS
naturaless similar can respecto all perfodo durants al cual is propieded fuel posefds
por el cedente, donante o fideicomitente, o durante el eval in otra propieded that
posside por la persons para quien in base Be ha do determinar, Se aplicardo regies
similares on el 6850 de use serie de bases sustitutes.
(b) La splicación de este artÃculo puede ilustraree con el siguiente ejemplo:
Ejemplo: "A", que riade planilla a tase do año natural, compró en 1935 el edifisie "X" y subsiguientemente 10 dond a ana hijo "B". "B" permitd el edificio "X" your
el edificio "X" en LIZER permits exents. as contribuside y entonces donó dicho edificio
"Y" a su espase "C". "C", para determinar in gamancia en la venta u otra disposicida
del edificio "X" en 1954, dabe reducir In base del edificio por las deducciones you
depresiscido que fueren succeivemente admitidas (pero no ISSUES que is cantidad admisible) & "A" y a "$" sobre el edificio "X" y a "B" mobre al edificio "I", aderás de
las dedussiones por deprecisción admitides (pero no mones que is contided admisible)
a ella niema durante su possside del edificio "I".
Secoids 113. BASE PARA DETERMINAR GAMANCIA o PERDIDA.**
(c) Propieded en in cual el Arrendatario in Mecho Mejorns.-