Regl. 457, art. 117(h)-1-119(b)-1

Promoteo de deducciones. (a) De las partidas especificadas

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Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 117(h)-1-119(b)-1

on la secoida 119(a) como derivades eryecfficamente de funntes destro de Puerto Rico, serda deducidos en el caso de individues no residentes 7 corporseiones o scciedades 411 extranjeras dedicados a industria o negosto 8 Putrto Rico, los gastos, pérdidas y cualesquiers otzes deduccionss propissente progratesdes o a las missing y - parte proporcional de cualesquiers otros gastos, pdddidas o defuncedents que no punden asignaree a partida o class alguna de ingreso trute. El recements word include on au totalidad COMO ingreso nato de fuentes dentro de Puerto Rico. is parte propersional se base on la proporción entre el ingrees bruto de fuentes dentro de Puarto Rico y al ângreso brute total. Ejemplo: Uts individue no residente, dedicado a industrie o negacio en Puerto Rico, auyo allo contributive es el allo natural, derive un Angreso brute de todas las fuentes para 1954 de $180,000, - quinta parte del cual ($36,000) ere de funntes dentro de Puarto Rico como sign: Intereses achire benes de was corporacida donfistion $ 9,000 Dividendos subre noziones de - corporación dondetion 4,000 Regalfa por el use de patentes en Puerto Rico 12,000 Connects on in vents de propieded insumble attunda on Puarto Rico 11,000 Total $36,000 El remenente del ingreso brute as de fuentes fusrs de Puerto Rico, determinado bajo el artículo 119(c)-1. Les gastes del contribuyente para al allo montares a $78,000. De estes gastos 3a. cantided de $8,000 $ proplemente asignada a imprese de funntes dentro de Puarto Rise, la contided de $40,000 a Angreso de futntes funrs de Puarto Rice. EL remainto de Los gastes ($30,000) no puede our definitivamente asignado a ningum class de ingreso. Una parte proporsional de la nime, bacade en la relacida entre el ingreso brute de fuantes dentro de Puerto Bico y el ingreso bruto total, se deducirá al conguter el Ingreso nato de funntes dentro de Puerto Rice. Asf, son deducidos de los $36,000, de ingrees brute de fuentes dentro de Puerto Rico, gastos que monten a $14,000 (que representen $8,000 proplamante prorratendos at de furntes dentare de Puerto Riso y $6,000, una parte propercional (1/5) de los gastes que to youdan ser asignatos a partida a elase algum de ingreso brute). EL reseasate ($22,000) es el Ingreeo noto de Suantee dentro de Puarto Rico. Inc deducations provistas en in ley serán admitidas a individues no residentes y a corporaciones @ necludedes extranjorne dedicadas a industria o negocio on Puerto Bico, solemente s$ 7 basta el limite provisto en las secutence 213, 215, 232 y 233. 412 Secondo 119. INCRESO DE FUNNES Y FUERA DE PUERTO RICO. . . # (c) Ingreso Brute de Fuentes Fugra de Puarto Rico.-
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