Regl. 457, art. 117(h)-1-119(b)-1
Promoteo de deducciones. (a) De las partidas especificadas
Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 117(h)-1-119(b)-1
on la secoida 119(a) como derivades eryecfficamente de funntes destro de Puerto Rico,
serda deducidos en el caso de individues no residentes 7 corporseiones o scciedades
411
extranjeras dedicados a industria o negosto 8 Putrto Rico, los gastos, pérdidas
y cualesquiers otzes deduccionss propissente progratesdes o a las missing
y - parte proporcional de cualesquiers otros gastos, pdddidas o defuncedents que
no punden asignaree a partida o class alguna de ingreso trute. El
recements word include on au totalidad COMO ingreso nato de fuentes dentro de
Puerto Rico. is parte propersional se base on la proporción entre el ingrees bruto
de fuentes dentro de Puarto Rico y al ângreso brute total.
Ejemplo: Uts individue no residente, dedicado a industrie o negacio en Puerto
Rico, auyo allo contributive es el allo natural, derive un Angreso brute de todas las
fuentes para 1954 de $180,000, - quinta parte del cual ($36,000) ere de funntes
dentro de Puarto Rico como sign:
Intereses achire benes de was corporacida donfistion
$ 9,000
Dividendos subre noziones de - corporación dondetion
4,000
Regalfa por el use de patentes en Puerto Rico
12,000
Connects on in vents de propieded insumble attunda on Puarto
Rico
11,000
Total
$36,000
El remenente del ingreso brute as de fuentes fusrs de Puerto Rico, determinado
bajo el artÃculo 119(c)-1.
Les gastes del contribuyente para al allo montares a $78,000. De estes gastos 3a.
cantided de $8,000 $ proplemente asignada a imprese de funntes dentro de Puarto
Rise, la contided de $40,000 a Angreso de futntes funrs de Puarto Rice. EL remainto de Los gastes ($30,000) no puede our definitivamente asignado a ningum class de
ingreso. Una parte proporsional de la nime, bacade en la relacida entre el ingreso
brute de fuantes dentro de Puerto Bico y el ingreso bruto total, se deducirá al
conguter el Ingreso nato de funntes dentro de Puerto Rice. Asf, son deducidos de
los $36,000, de ingrees brute de fuentes dentro de Puerto Rico, gastos que monten a
$14,000 (que representen $8,000 proplamante prorratendos at de furntes dentare de Puerto Riso y $6,000, una parte propercional (1/5) de los gastes que to youdan ser asignatos a partida a elase algum de ingreso brute). EL reseasate ($22,000)
es el Ingreeo noto de Suantee dentro de Puarto Rico.
Inc deducations provistas en in ley serán admitidas a individues no residentes
y a corporaciones @ necludedes extranjorne dedicadas a industria o negocio on
Puerto Bico, solemente s$ 7 basta el limite provisto en las secutence 213, 215,
232 y 233.
412
Secondo 119. INCRESO DE FUNNES Y FUERA DE PUERTO RICO. . . #
(c) Ingreso Brute de Fuentes Fugra de Puarto Rico.-