Regl. 457, art. 141-141(0)-2

Obliencida 4a Retener. La secoids 141 dispone, B. opeida

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del patromo, militodes alternatives yers conputer la contribusión sobre ingresse que ha de cobrarse de los salarios en el origen. A tenor con el primar mítolo (de aquf en adelante destgnado COMO "el método de porcenta,je"), se requiere del patrono que dedumen y retenum una contribucida Squal al 12 por elento del exesso de enda yago de les salarios sobre 1a amerida para la retención adminible bajo las disposicionee de 1a seceida 141(0)(1). Begin el seguido inftodo (de aqui en adelante desigmade - el "zaftodo do renglones do salarios"), el potrono estd chligado a doluoir y use contribución determinada de acuerdo con las tables provistes para in retencida on el agartado (a) de In secoide 141. Para la exención para 1a retenclida - of artículo 242(0)-2; para al aftedo de renglanes de salarios el artículo 142(a)-1) yers all page implicito de salaries when el artículo 141-2. E1 emploo del mátedo de percentaje on dustm con ol siguiente ejemple: Ejemple: than persona casada que reclama 1a totalidad de la exemetión personal para 1a retencida y que time dos dependientes time un perfodo de summal. A. diaba persons se le pagen salarios de $200 you senson. De seuerdo con el môtodo de percentaje los passe a. seguir per el getrono para determiner el mento de la oontribucido que ha de deducir 7 retener de dicho salario son Los signitures: 179 Paso 1. E1 patrono determine, engão in Table de Exemaida years la Retensida, include - la seceida 141(0)(1), que us empleado essado que tiens - perfodo de ndmina commel 7 que reclam 2a. totalidad de is exectión personal para In retencida tiens derecho a. use exencida de $43 7 use concesión adicional de $8.50 por ends uno de sus dos dependientes. at este CORD da una execcida total de $60. Paso 2. a patrono reste esta exencida de $60 del salario semual de $3.00 7 obtiese $40, e el monto 4a salario sujeto al 12 por esento de contribucido retent- 4a. Paso 3. a1 patrono calcula el 12 por ciesto de $40 y determine que la contribucida que be de retener es $4.80.
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