Regl. 457, art. 141-141(e)-1

Derecho a reclamar exención para 1a retencidn. Todo empleado

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Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 141-141(e)-1

que reaths salarios tendrá derecho a que se extma de 3m retención was parte de sus calarios enge cuantin dependers de ou estado personal, del número de sus dependientes 7 at enendo, de ai su adayage reclams o no yerte de la exencida. B& in retención se efective & base del mitodo de porcentaje, el derecho a la emaclda cord provisto an la seceida 1/4(e)(1). BL 1a reteneida DO efectife a base del mitodo do renglosse de salarios, el derecho a la exención está provisto en la seconda 141(e). Pars que - empleado pueda acreditar su derecho a reathir el beneficio de dicha exemption bajo conlquiera de Los dos mitodon, date deberá suministrar a ou patreno un certificade de emergida segin # provee on Is secet.de 141(e). Wase el artículo 141(e)-2. Na ningle caso reclamed un explando oon uno o mis patronos uns exemaión para la retención que aqualla a la que tendria derecho on cualquier fecha del allo natural. 136 the persons soltern time derecho a in para is retención de use persons soltern - tal. Una persons eneads tiene derecho a is exención para In retencida de ups persons casada que reclam Is totalidad de In emergión personal, 6. senos que su edayuge estuviere empleado 7 reclamare 2a totalidad o la mitad de la exención persons). para is retención para sf. Ma consecuencia, enda adayage pundo reclamar In mited de la exención personal para la retencide, pero ai us adayuge no reclamare su mitad, el otro edayuge puede reclamar la totalidad. A les fince de determiner la exencida para 1a retención en el estado personal) a la onl un explando tongs derecho per of miss, por au y por sus dependientes on cualquier fecha, el estado del empleado GOMO persona soltere o persoma casada, y si cassie, dado el hecho de que cualquier parte de la exemation anys side reclamda por su oбщуще, y al adasso de dependientos, sent determinado - a dicha forts. Sin enbargo, at dentro dal allo contributivo del emplando and adminis o alguno de - dependientes falleciere, Bill estado como persons caseda, asf como au derecho & 1a exemption con respecto al dependients fallecido, continuent sin interrupcidn basts la terminacida de au año contributive. For ejemplo, un explando casado can dos dependientes rinds a base de allo matural y tiens - vigor un certificado de exención on el emal reclama 1a totalidad de 1a exemeida personal de was persons GSands 7 in exampte por doe dependientes. a 5 de febrero de 1955 au esposs y was de Los dependinates. 31 explando - este - theme derecho a 1a totalidad de la execution personal como persons casada y a 2a exanción you Los dos dependientes hasta el a de diciembre de 1955, Souhn en que termina au allo contributive. an - pleado, sin enhargo, está chligado a sundistrar un BUSTO certificado de exención dentro de 10 dias a partir de 1a fecha de marte de au adayuge y del dependiente, & peser de que estes accutestadentos no varion de mommato ol nonto de 1a exemption a in cual al explendo tione derseho durante el zento de su also contributivo. Us - pleado tieme derecho en cualquier fecha a 1a exemption para is retención por ends individuo que punda ruscumblements esperaree - au dependiente para el allo contributito que contence on al allo natural on que dicha fecha courre. Parm los fines de is exametida por us individue que punda resemblemente esperaree - un dependiente, las siguientes regles senta de (a) La determinación de que - individuo punda o no resomblemente esperaree que ⑉ up dependiente # bacard on los beches que existan a 1a fecha en la cual 1s exemeido se reclam. at inlividue con respecto al cual as concede una exemptión deberá 437 existir para Is fechs an questión. (b) La determination de que un individue puade e no rasonablemente esperares que are un dependiente me hard para - allo contributivo del empleado can respecto al canl 20s contidades deducidas J retenidas bajo la seconda 141 en el allo natural en que In feela on cusetida cearre, seen consedidas como crédito. In general, las contidades deducides 7 retenidas bajo is seceidn 141 durante cualquier allo natural serdn admitidas ecmo crédito contre la contribucida Impuests por Ley para el allo contributive que contence on, o con dicho año natural. Por ejemplo, para que us explando puede reclamar exemeidn para 1a retensión para el allo 1955 con respecto & - individuo en particular (que as ses el edayas) deberá existir expectative resonable de que a di as le admitire un orddito par dependientes con respecto a dicho individuo (majo In secetion 25(b)) on ou planilla para el allo contributivo 1955. (o) Para que el expleado tengs derecho, on cualquier fecha del allo natural, a 2a exencida yours in retención your us Individue como dependients, deberá esparares rusonablemente, on d&cha rechn, que dicho individue: (1) recibird - de $400 de ingreso brute en dicho allo natural, (2) recibind mis de la mited del sustento del explando durante dicho allo natural, y (3) serd, . INSURER de 21. allow de edad o incayes yars. proveerse au custento debido a incapacided mental o ffeice, o estand oursando estudios universitarios 7 no word. mayor de 25 allos de eded; segle as especifica on la seceida 25(a). B$ un emplando sews la obligacida de proveer el sustento de un individue nates del primare de julio de cualquier allo natural y 89 ou intención continuer proveyendo el mistento a dicho individuo durante el resto de dicho año, se considerard resonabls que dicho empleado reclams, a los fines de la exencida para in retenside, que espera proveer mis de la mited del sustento del referido individuo durante dicho allo natural. the emplendo no time derecho a reclaur exemoted para la retención por un intividuo que espera rescumblemento SSA dependiente del explando, of dicho individuo fuere ciudadano de un país extranjero, & senso que, en cualquier fechs durante el allo matural, dicho individuo conditique como residents de Puerto Rico.