Regl. 457, art. 141-141(e)-1
Derecho a reclamar exención para 1a retencidn. Todo empleado
Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 141-141(e)-1
que reaths salarios tendrá derecho a que se extma de 3m retención was parte de sus
calarios enge cuantin dependers de ou estado personal, del número de sus dependientes
7 at enendo, de ai su adayage reclams o no yerte de la exencida.
B& in retención se efective & base del mitodo de porcentaje, el derecho a la emaclda cord provisto an la seceida 1/4(e)(1).
BL 1a reteneida DO efectife a base del mitodo do renglosse de salarios, el derecho
a la exención está provisto en la seconda 141(e).
Pars que - empleado pueda acreditar su derecho a reathir el beneficio de dicha
exemption bajo conlquiera de Los dos mitodon, date deberá suministrar a ou patreno un
certificade de emergida segin # provee on Is secet.de 141(e). Wase el artículo
141(e)-2.
Na ningle caso reclamed un explando oon uno o mis patronos uns exemaión para la
retención que aqualla a la que tendria derecho on cualquier fecha del allo natural.
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the persons soltern time derecho a in para is retención de use
persons soltern - tal.
Una persons eneads tiene derecho a is exención para In retencida de ups persons
casada que reclam Is totalidad de In emergión personal, 6. senos que su edayuge estuviere empleado 7 reclamare 2a totalidad o la mitad de la exención persons). para
is retención para sf. Ma consecuencia, enda adayage pundo reclamar In mited de la
exención personal para la retencide, pero ai us adayuge no reclamare su mitad, el
otro edayuge puede reclamar la totalidad.
A les fince de determiner la exencida para 1a retención en el estado
personal) a la onl un explando tongs derecho per of miss, por au y por sus
dependientes on cualquier fecha, el estado del empleado GOMO persona soltere o persoma casada, y si cassie, dado el hecho de que cualquier parte de la exemation anys
side reclamda por su oбщуще, y al adasso de dependientos, sent determinado -
a dicha forts. Sin enbargo, at dentro dal allo contributivo del emplando and adminis
o alguno de - dependientes falleciere, Bill estado como persons caseda, asf como au
derecho & 1a exemption con respecto al dependients fallecido, continuent sin interrupcidn basts la terminacida de au año contributive. For ejemplo, un explando casado
can dos dependientes rinds a base de allo matural y tiens - vigor un certificado de
exención on el emal reclama 1a totalidad de 1a exemeida personal de was persons GSands 7 in exampte por doe dependientes. a 5 de febrero de 1955 au esposs
y was de Los dependinates. 31 explando - este - theme derecho a 1a totalidad
de la execution personal como persons casada y a 2a exanción you Los dos dependientes
hasta el a de diciembre de 1955, Souhn en que termina au allo contributive. an -
pleado, sin enhargo, está chligado a sundistrar un BUSTO certificado de exención
dentro de 10 dias a partir de 1a fecha de marte de au adayuge y del dependiente, &
peser de que estes accutestadentos no varion de mommato ol nonto de 1a exemption a
in cual al explendo tione derseho durante el zento de su also contributivo. Us -
pleado tieme derecho en cualquier fecha a 1a exemption para is retención por ends individuo que punda ruscumblements esperaree - au dependiente para el allo contributito que contence on al allo natural on que dicha fecha courre. Parm los fines de is
exametida por us individue que punda resemblemente esperaree - un dependiente, las
siguientes regles senta de
(a) La determinación de que - individuo punda o no resomblemente esperaree que
⑉ up dependiente # bacard on los beches que existan a 1a fecha en la cual 1s
exemeido se reclam. at inlividue con respecto al cual as concede una exemptión deberá
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existir para Is fechs an questión.
(b) La determination de que un individue puade e no rasonablemente esperares
que are un dependiente me hard para - allo contributivo del empleado can respecto
al canl 20s contidades deducidas J retenidas bajo la seconda 141 en el allo natural
en que In feela on cusetida cearre, seen consedidas como crédito. In general, las
contidades deducides 7 retenidas bajo is seceidn 141 durante cualquier allo natural
serdn admitidas ecmo crédito contre la contribucida Impuests por Ley para el allo
contributive que contence on, o con dicho año natural. Por ejemplo, para que us
explando puede reclamar exemeidn para 1a retensión para el allo 1955 con respecto &
- individuo en particular (que as ses el edayas) deberá existir expectative resonable de que a di as le admitire un orddito par dependientes con respecto a dicho individuo (majo In secetion 25(b)) on ou planilla para el allo contributivo 1955.
(o) Para que el expleado tengs derecho, on cualquier fecha del allo natural, a
2a exencida yours in retención your us Individue como dependients, deberá esparares
rusonablemente, on d&cha rechn, que dicho individue: (1) recibird - de $400 de
ingreso brute en dicho allo natural, (2) recibind mis de la mited del sustento del
explando durante dicho allo natural, y (3) serd, . INSURER de 21. allow de edad o incayes yars. proveerse au custento debido a incapacided mental o ffeice, o estand oursando estudios universitarios 7 no word. mayor de 25 allos de eded; segle as especifica
on la seceida 25(a).
B$ un emplando sews la obligacida de proveer el sustento de un individue nates
del primare de julio de cualquier allo natural y 89 ou intención continuer proveyendo
el mistento a dicho individuo durante el resto de dicho año, se considerard resonabls que dicho empleado reclams, a los fines de la exencida para in retenside, que
espera proveer mis de la mited del sustento del referido individuo durante dicho allo
natural.
the emplendo no time derecho a reclaur exemoted para la retención por un intividuo que espera rescumblemento SSA dependiente del explando, of dicho individuo fuere
ciudadano de un país extranjero, & senso que, en cualquier fechs durante el allo matural, dicho individuo conditique como residents de Puerto Rico.