Regl. 1651, art. 11
Enmienda el Reg. 941 sobre el empleo de personal irregular, con respecto a la utilización y pago de tiempo extra, licencias, récords, etc. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005
Cite as Reglamento Núm. 1651, Art. 11
Pago de Tiempo Extra
La jornada regular diaria de trabajo consistirá de
ocho (8) horas. Los servicios que preste el personal
irregular en exceso de ocho (8) horas en cualquier dÃa
laborable, asà como todos los servicios que preste en
los dÃas de descanso o de fiesta oficial se compensarán a tiempo doble a base del tipo de compensación ordinaria."