Regl. 457, art. 141(a)(1)(0)-1-141(a)(4)-1
Patrono. (a) EL téndoo "patrono" significa cualquier
Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 141(a)(1)(0)-1-141(a)(4)-1
persons yars quien un individuo presta o in prestado sualquier servicio de cualquier
naturaless, como expleade de dicha persons.
(b) No or necesarão que 100 servicios continden presténdose . in fecha en que
los servicios se yagum para que exists 1a condición de patrono. En consecuencia,
para los fines de la retención, in persons & la cual un individue be prestado servialso en el pasado, y que adn recibe de alla salario por dichos servicies, es un
"patrono".
(c) us la persona para quien los servicies 00 prestan o se has prestado no tuviere el control legal del page de les calarios por dichos servicios, el termine
"patrons" significa (excepto para les fines de la definición de "salarios") in par-
100% que tengs dicho control. For ejemplo, on case do salarios, como ciertos tipos
de pensiones e de page per retire, que furren youndee por un fideicoriso y la per-
DOOR para quien 100 servicies # presteren 30 tuviere el control legal sobre el page
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de dichos salarios, of fideiceniso es el "patrono".
(a) K1 término "patrono" se aplice (excepto para los fines de 1a dofinicidu de "salarios") B. cualquier persona que pages salarios en representacida
de un individuo no recidents, socieded extranjern e corporación extranjere que no
on dedique a industrie o negocio ea Puerto Rico.
(e) Es propdotto controlizar en el patrono la responsabilidad de retener, declarer 7 pager In contribución Inj sundaistrar las declaracions exigidas por
1a 141(m). Las dos definiciones especiales precedentes del término "patrono" us bacan para enserar situaciones extraordinarias que putieren surgir. No se
intenta que se consideren caso decrinción del propedito bdsico.
(r) Ua patrono puede 5037 un individuo, use corporación, 1833% coctedad, un 12-
une suceside, una companie por acciones, una asociación, o un sindicate,
grupo, consorcie, expresa comán o enalesquier organización, grupo, o entidad no
incorporados. Hill fidaicomiso o suceside, y no el. fiduciario que setifs en representoolds de © a numbre del fideicomise e succeside, as, generalmente, el patrono.
(e) EL térnino "patrono" comprende no adio individues u organizaciones dedicodes a industria o magneto, sine tanbido aquallas organizaciones exentes de la
contribución sobre ingresou, tales como las organizaciones religiosas 7 ceritatives,
las instituciones educatives, les clubs, las organisaziones y acciededes cfvices,
asf - el gobierno de Puarto Rico, incluyendo sus agencies, instrumentalidades 7
subdivisions polÃticas.