Regl. 457, art. 141(n)-1-142-5
Planilla par beneficiario no residents. (a) Industria o nagoate an Puerto Rico. St. un fiduciario doméstico o restdente tuviers in distribucidn
Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 141(n)-1-142-5
(a) Industria o nagoate an Puerto Rico. St. un fiduciario doméstico o restdente tuviers in distribucidn
del ingrees de use succesión e fidetomiso cualesquier de eugros beneficiaries fuere
us individuo no residente,fvere o no us extrasjero dedicado a industria o negocio
on Puerto Rico durante cualquier fecha deutro del año contributive, el fiduciario
deberá rendir plantlin on is Forms 480 á 480.0 a name de dicho individuo no restdente 7 pagar cualquier contribusión que all( sparesca case vencida. Vénse les
secciones 143 y 211. A INKNOB que dicha planills see fiel y exacts del togreeo del
beneficierio extrasjero no residente derivado de todas las Suantes en Puarto Rico,
Los beneficies de los créditos 7 deducciones a los cuales el beneficiario tuviere
derecho no podrán reclamarse 83 la plantlla rendida por el fiducierio. Visase la
secoidn ms. St al beneficiario designere alguna persons on Puerto Rico para
actuar coso BU agents a los fines de rendir in plantlla de contribución sobre ingranse, el fiduciario qualined relevado de la obligación de rendir planille a nombre
del beneficiario y de pager 1a contribusidn. in tal caso el fiduciario rentire use
plantlla on 1a Forms 480.0 6 480.80 y compatient la miems cas une copia de la notifioncida de 10 designsción. as al beneficiario universal de use aucesión o fidetcomise fuare use individuo no residente dedicedo e industria e negosto on Puerto
Rico on cualquier d'oche dentro del allo contributive, el fiduciario rendirá planilla
on in Forms 480.8 0 480.80 asà como an la Forms 480 4 480.0. S1 hubiero dos o más
beneficiaries no residentes, el fiducierio rendirá planilla on 2a. Forms 430.8 6
480.80 y tasbido use planilla en la Forms 480 6 480.0 40 representacido de cade beneficierio as residente. Visase atends los artÃculos 53-1 7 217-1.
(b) No dedicados a industria o negocio on Puerto Rico. Un fiduciario donéstico 0 residents que tengs la distribuside del ingrees de is sucesido o fidetconiso
BD estand obligado a rendir planilla a numbre de beneficiario alguno de In succeido
o fidetenniso que fuere un individuo no residente que no estuviers dedicado a industris o negoeto en Puarto Rico on feeha alguna dentro del año contributive, at el
monto total de is contribucidn achie el increso pagatero a dicho beneficiario fuere
retenido - el cartgen (vdess las seceiones 143 y 211(a)). Un fiducierio domestico
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0 residente que tanga in distribución del ingreso de una succesión o fidelcomiso
rendire planilla - 1a Forms 480 6 480.0 si cualquier benaficiario extresjero
tuviere un ingreso brute para el allo contributive de ads de $22,200 derivedo de
iss fuentes especificadas on la ascoión 211(a), sin considerectón al monto de is nontribución retentda en el origen. at el ingreso bruto derivado de todas Inc fuentes
fusre $22,200 s manos, is plantlla (as se regatere remdir planille) & numbre del
beneficiario se rendiré en 1a Forms 480.0 480.0. B1 el beneficierio designare
algune persons en Puerto nico para actuar edito au agente a los fines de rendir in
plantlla de contribusión sobre ingrees, al fiducierio quadard relevado de in obligeoide de rendir planills e nambre del beneficiario y de pager la contribucida. In
tal caso el fiduciario rendirá use plantlla - is Forms 480.8 6 480.80 y accepatient
la misma 000 copia de in notificasida de la designmeide. EL fiduciario rendirá
planille en 1a Forms 480.30 por la contribucidu sobre el monto total de ingreso
pagadero al beneficiario. Adenda de dicha planille o plantlles, el fiduciario rondird use planilla on in forms 480.8 6 480.80 a nombre de 3a succesión o fidalcomiso,
sin tener ea cuents el número de benaficiarios.