Regl. 457, art. 141(n)-1-147-1

Declaraciones informativas en relacida con THE de $500.00 a mie.

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Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 141(n)-1-147-1

(a) Toda persons que Mictero pages # otre de ingresos fijos o determinables de $500 a más en cualquier año natural deberá rendir use declaracido cubriento tal page para 529 dicho alto, en 0 entes del 15 de abril del also siguients, a excepción de la - pecificado on Los artículos 147-3 y 147-5. La declaractón se rendiré en ends caso on la form 480.6, accupalisda de la form de circulación (Forms 480.5) expresando el admeno de declaractones readides, excepto que is declaración relative a distribucloses a beneficiarios de un fidatcomiso o de use aucestón se rendirds en la forms 480.8 6 480.80 en ves de las formes 480.6 7 480.5. Les doclaraciones informatives en Las forms 400.5 y 480.6 as redicards en el Begociado de Contribucido adore Ingresos, Apartado 9717, Sentures, Fuerto Rico. La calle y admoro de is residencia del receptor del page deberá expreseree, a ser posible. BL la dirección actual no fuere conceids, la ditime dirección postal conceida deberá informares. Aungue para tener que rendir use declaración informativa el ingreso deberá our fijo @ daterminable, as es necessrio que @@@ anual o periddico. Veloue el artículo 143-0. (b) Las cantidades pegadas con respecto a polimes de seguros de vide, dotales, o de anualidades que as reguisren incluir en al ingreeo brute bejo los artículos 22(b) (1)-1, 22(b) (2)-1, 7 22(b) (2)-2 están incluídes dentro del significado del término "ingress fijo o determinable" y se requiere que as informen on las declaractones, según 10 require este artículo, excepto que Los pages en relacido con caducas pdlisss liquidades entes de au vencintento 7 púlizas DO tiemen que declarados. (c) Los honorarios por servicios profesionales pagados a obogatos, médicos, y mientros de otres profesiones están incluídos on al significado del término "ingress fijo @ determinable" 7 deberán ser information en las declaraciones, según as requiere on este artículo. (a) Para los fines de use declaración informative, use contided 80 considere pagada cuando la missan se acredite a o se separe para el contribuyente sin 1:31- tecide @ restricción austancial on cuanto a in fecha o modo de pago o condición para que al pago se hage 7 cuga contidad 68 pose a disposición del receptor para cobreree en cualquier fechn, If el recibo de 1a misms quode aujeto a su dominio by volunted.
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