Regl. 457, art. 22-22(a)-15
Adquisicida o disposición por USE corporacida de aus
Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 22-22(a)-15
propise acciones. (a) 61 la edquisisión o disposicida de sus propise acciones
por was corporación resulta on gamencia tributable o pdrdida deducible, dependo
de la verdaders naturaless de la transaccida, 10 cual as determiners considerando
todos los hechos y circumstancies. Una corporación no realize ai genemate. ni
pérdida al recibir el presio de sue propise acciones como resultado de 1a and
original de las mismes, auaque of peneio de suscripción o emiside sea superior
0 inforior al valor a la par 0 nominal do tales acciemen.
(b) Sin embargo, at una corporacida traficu con sus propine acciones COMO
pudiora hacorlo con las acciones de otrs corporación, la gamancia o pérdida
resultante DO computerd de igual modo que si is corporacida traficase con acciones
de otra. Asf tembido, si is corporación recibiere sus propies sections CORD pago
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on la vents (Mo alla hiciere de alguns propiedad, 9 como page de alguna sums que
10 debieren, la genencia o pérdida resultante as computerá de igual modo guau at
el page au hubless efectuado your cualquier otro máio. Cualquier genencia que
se derive de tales transacciones estd sujeta a contribucide, y cualquier pdrdida
sufride on concedida como deducción cuendo 10 permiten las disposiciones de la
Ley de Contribuciones entre Ingresos do 1954.