Regl. 457, art. 22-22(a)-6
Contratos con un Ketado. Los beneficios obtenidos de
Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 22-22(a)-6
contratos con un Estado o cualquier subdivisida
política del mismo deberda our incluídos on el ingreso bruto. S1 cualquier
ciudad, pusblo as otra subdivisidn política de un Estado wd
emito gurentias o comprobentes de dauda y los mismos son aceptados por Los
contratistas on page de trabajos publicos efectuados, el justo valor 9a. el
mezendo de tales garantias o comprobentes dabe figurer COMO ingreso. 81 por
cualquier reada el contratists, al convertir dichos documentos on efectivo, DO
recibiere y no pudiere recibir el valor total de Los mismos por 41 incluído COMO
ingreso, di podrá deducir de ou ingreso bruto para ol afto en el cusl dichos
documentos fueren convertidos en efective, cualquier pérdida que sufre; y at
por el contrario recibiese una cantidad mayor que el valor por el consignado
originalmente como ingreso, deberd entonces incluir tal excess on au ingreso
brute para el allo on que 10 recibe.