Regl. 457, art. 22-23(a)-1
Gastos de la industria o negocio.- Los gastes del negocio
Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 22-23(a)-1
deducibles del ingreso brute incluyen Los gastos ordinarios y necesarios directamente relacionados COR o concernientes a la industria o negocio del contribuyento, con exerpeida de aquallas partidas usadas GOMO la base para une deducción o
crédito segin disposisiones legales que no seen aquallas del apartado (a) de 1a
secoida 23. Las deducations duplicadas no estda permitidas. Las contidades asdusides conforms a una disposicida de la Loy de Contribusiones sobre Ingreses no
pueden volver a deducirse on virtud de ninguma otre disposicide de dicha ley. En
cuanto a las sportaciones caritativas de corporaciones o acciedades, no deducibles
conforme a 1a seconds 23(a), visas el artfeulo 23 (a)-13. K1 costo de los artículos
comprados para revents con les ajustes propios para inventarios iniciales y finales,
es deducido de las ventes brutes para computer el ingreso brute. (Vdase el artfeulo
28(a)-5). Entre los partidas incluídas entre los gastos del negocio estda los -
tos de atainistracide, condationes (vfase, expero el artículo 24(a)-2), mano de
obra, anteriales, reparaciones incidentales, gastos de funcionamiento de vehfculos
utilizados en is industria o negacio, gastos de viaje mientras está ausente de Is
residencia interente en relacionados COD la industria o negocio (vésso
artfculo 23(a)-2), gsatos de publicidad 7 otros gastos do ventas, conjuntamente
con primas de segures contra incendio, tormentas, robes, accidentes, u otres pérdidne similares on el caso de un megosio, y alquileres pagados por el uso de propiedad comercial. Ninguna de dichas partidas, sin eshargo, deberd incluires on
gastos del negocio, en la medida on que las ulense seen utilizades por el contribugrente para conputer el costo de los bienes incluídos on su inventerio o utilissdas para determinar la base para la ganancia o pérdida de su plants, equipo u
etra propiedad. Los pagos por penalidades con respecto a contribusiones del Estado Libre Asceiado, bien see como resultado de negligencia, delincuencia o fraude,
no son deducibles dal ingreso bruto. Sin embargo, el monto total de la deduccida
admisible por gastes ordinarios y necessarios para is explotación de un negocio es
deducible ofn euendo dichos gastes excellan del Ingreso bruto derivado de tal nogoeio durante el alto contributivo. in cuanto as las partidas no deducibles bajo
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ninguns disposición de la seceide 23, vease 1a seceida 24.