Regl. 457, art. 22-23(a)-6

Resumeración you servicios personales. (a) Funds incluire

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Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 22-23(a)-6

entre 100 gastos necesarios 7 ordinarios pagados o insurrides on la explotación de una industria o negocio une concestón resonable your sueldos a etars remmeración por servicios personales efectivamente prestados. La prueba para in deducibilidad on el asso de remmeración your servicios, - at data as resonable y representa en realided pages efectundos puramento por servicios. (b) La expresada on el pdrrafo (a) de este artículo y au aplicación practica punden now ilustrades en use detailes como signe: (1) Une contided en forms de remmeración, pero que no non en realided el precio de de servicios, no es deducible. Una centided aparentemente pagada coso mueldo por corporación puede our on realided un dividendo sobre acciones. State puede ocurrir on el caso de use corporacida que tengs pocos accienistas y cuando prdoticemente todos elles devengen sueldos. S1 on tal caso los sueldos exceden de los que ordinarismente se pagan por servicios similares, y los pages en excess corresponden a 1a tenencia de acciones por funcionaries o empleados o tienen estrechs relación con ella, on probable que los sue2dos no seen yagados datuments por servicios prestados sino que los pages en excess seen une distribucide de gananaias sobre las acciones. Un sueldo sparente puede ser en parte un pago por propiedad. Esto puede courrir, your ejemple, quando use socieded se vende a une corporación, 7 Los sector anteriores acuardan continuar at servicio de is corporacida. to tal 0880 puode resulter que los sueldos de 100 mosice anteriores no seen sermente por servicise, sino que en parte constituyan pago por la transferencia de su negocio. (2) La form 9 método de determiner la remuneración no on decisive en cuanto & su deducibilidad. Aunque cualquier forms de remmeración contingente sugiere la necesidad de que - is investigue como una posible distribución de ganancias do la express, no 65 forseso que los pages active base contingente tengen que ser fundmentalmente considerados sobre use base diferente de la que se eplicarfa on case de remmeración a un tipo fijo. in teste general, si is remmeración contingente se paga como consecuencia do us libre regateo entre el patrono y al empleado, courrido con anterioridad a 1a prestación de 200 servicios, y no influenciado por ningum consideración de parte del patrone que no sea la de conseguir los servicios del individue - base de condiciones justas y ventajosas, dabe concederes la deducción ausque on 10m efectos préctices del contrato el sueldo resulte superior 86 a la - que ordinarismente se pagaria. (3) De evalquier modo la deducción concedida you 1a remuneración pagada no dabe exceder 10 que sea resonable on totas las circumstancias. Em general, on justo suponer que use remmeración resonable 7 verdadera es deformento aquella contided que ordineriamente earla pagada a combio de servicios parecidos por - presse parecidas bajo circumstancias parecidas. Las circumstancias que has de tomareo en consideración son las que existen a la fecha on que as realisd el contrato, no las extetentes cuando se investign el contrato.
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