Regl. 457, art. 22-23(e)

b Reducción en el valor de acciones. Una persons que possa

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Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 22-23(e)

acciones de una corporación no guede deducir del ingreso brute ainguna contided reclaunda como una pérdida maramento a base de 1a reducción del valor de tales accionos debido a fluctuaciones en el mercedo e por cualquiera otra resde. La pérdida admisible on tales casos - aguella realmente sufride cuendo SR dispons de las acciomes. as Inc sections de use corporación pierden todo su valor, su costo u otra base, determinada 7 ejustada engle. la seccida 113, 00 deducible por su duello para el allo contributive on el cual dichas acciones pierden todo su valor, siempre que se presente prusha satiafactoria de su desvalorización. Las autoridades federales o del Estado Libre Associado, on sus gestiones de reglamentacida de Los bancos y de ciertes corporaciones, pueden requerár que elertas acciones sean eliminadas de 200 libros 0 reducidas a un valor nominal. S1 en cualquiera de dichos casse, la base de tal requerimiento es la falts de valor de las acciones, tal eliminación 0 redue- 102 ción del valor, yers fines de la contribución sobre ingress, serd considerada como evidencia prin facts de la falts de valor; see si la eliminación o reduecide - date a fluctuaciones del mercado, o at no as he becho un enfuerso rasomble para determinar is desvalorización, no - admitirá deduccida alguna para finee de contribucida mobre ingresos de la contidad and eliminada o reducida. In cuento a traficentes on valores, visase el artículo 22(c)-5. the cuanto a las 11- mitaciones a Iss deducciones por pérdidas on la vents o permute. de activos de capital en general, incluyendo acciones y bonos, vdase is sección 117.
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