Regl. 457, art. 22-83(e)-1
Pdriticas sufridas per individuos. (a) Las pdvdidas sufridas
Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 22-83(e)-1
per individues residentes de Puarto Rice, 7 no corgenendes por seguro o de algún
otro modo, SON deducibles on BM totalidad at (1) son insurridas en la industria o
nagasto del contribuyente, o (2) 900 incurridas on enalquier transacción exprendide
con fines de lucro, o (3) provienen de incondies, termentes, naufragios u otres
accidentes, o rubo, o (4) si no son prehibidas o limitades por ninguna de las a1-
guientes secciones de la Ley de Contribusiones sobre Ingresos de 1954: sectiones
23(s) 7 117, relatives a pérdides de capital; seconds 23(b), relative a pérdidas
de Jungos seconds 24(b), relative a pérdidas en vente o permute de propieded entre
las personne allf designadas; securida 112, relative al recomocimiento de ganancia
o pérdida - la vents 9 permits de propiedades; y sección 118, relativa a pérdidas
en vestes similades ("weah sales") de acciones M obligaciones. (Velue las seccio-
- all 7 213 on cuarto B la limitación que corresponde a 300 pdrdidas sufrides por
extremjeros no residentes).
(b) to general, las pdrdidas your las cuales - puede efectuar una deducción
del ingreso brute deberán our evidenciadas por transacciones completes y perfeccionadas, determinades por eventos identificables, 7 realmente y de buens fe sufridas
durante el perfedo contributivo para el cual = admiten. La substancia y no la more
forms regird en is determinación de pérdidas deducibles. AL determiner el monto de
98
las pérdidas realmente sufridas - dard plens consideración al valor residual y
a cualquier compensación per seguro 9 de cualquiera otra Indole recibida. Velase
seconds 113(b).
(e) Use péráida construda per defice a an vehículo que se posse pera placer,
dichos define resultan de la conducción insuperte del contribuyente 9 de
cualquiera otra persona al utilizer dicho vehículo, pero que no es debido a negligencia 9 a un asto intensional del contribuyente, es deducible al computer el ingreso note. B1 coursen defice al vehfculo del contribuyente como resultado de la
conducsida increporte del confuctor as - vehfeulo con el cual choca el vehículo
del contribuyente, la pdrdida consionada al contribuyente par tal daflo es acimiono
deducible.
(a) No se sufre pérdida deducible on la transferencia de la propieded per domoida o musrte. Velase, expere, la secoida 44(d).
(e) is pdrdida sufrida en la vents in una propiedad residencial adquirida o
construída per el contribuyente para utilizarla como su residencia personal y asf
utilisada per di hasta el momento de la venta, no es deducible. Sin enbergo, at
entes de au venta is propisded asf adquirida o construída es arrendade o de otro
moto destimeda a producir ingress y es utilizeda years tales fines hasta el momento
de la rente, use pérdida suffida on la vents de diche propieded, computeda según
BE dispone en la secoide 111, as use deducción admisible (sujets a 2nd limitaciones
dispuestes on la secutón 117) en un monto que no deberá sobrepasar ol excess del
valor de la propieded al mommto en que as is destine a productr ingresos (con los
debides injustes por depreciación) acbre la cantidad obtenida en la vents.
Njemplo (1). Us contribuyente compand on 1942 une propieded residencial pera
utilizarla CORD ou residencia personal, a un casto de $85,000 de los cuales $15,000
eran atribuibles al edificie. La propiedad fué and useda por el contribuyente hasta
enero primero de 1951. Deade can fecha basts el primero de enero de 1954, fecha en
que vendid dicha propieded, data ful errendada your el contribuyente. an justo valor
en al mercado de la propieded al nomento en que ful arrenteda el primare de enero de
1951 era de $22,000, de los cualse $12,000 eren stribuíbles al edificio. an edificio tenía use vide dail estimada de 20 allos al primero de enero de 1951. in propiedad that vendida el primero de enero de 1954 per $16,000. in pérdida en la vente nomisible come vas deduccida, oon la salveded de Ins limitaciones establecidas por in
accorda 117, as de $4,200, computeda del siguiente modo:
99
Costo de is propieded on 1942
$85,000
Menos depreciación consedida (no INSUES que is
centided admisible) con relacida al edificio
(depresinción per 3 after al 5% sobre $12,000,
valor del edificio al momento de destimares
a use comercial)
1,800
$83,200
Precto de vente
16,000
Pdrdida computeda engún secondo 111
7,800
Valor de is propieded al momento on que ful
arrendada el primure de enero de 1951
$22,000
Menon ajuste adecuado por depreciación
1,800
$20,200
Precio de vents de Is propieded
16,000
Parte de is pérdida de $7,200 que es deducible
salve las limitaciones de is seceida 117
@ 4,200
Ejemplo (2). 81, en las circumstancias indicadus en el %jomple (2), la
propieded lubiess sido comprada a un costo de $20,000, de los cuales $10,000
hubterna side atribuíbles al edificio, stando iguales, expero, los heches,
la pérdida deducible, salvo las limitaciones de in secoida 117, seria de $8,500,
computeda como signe:
Costo de is propiedad en 1942
$20,000
Memos degreciscida concedida (mo que el
total. admisible) con relacida al edificio
(deprestacida your 3 affer al 55 sobre 1a
base de $10,000, costo del edificio)
1,500
$18,500
Precto de vente de la propieded
16,000
Périda computeda de souerdo con in necoión 111
$ 2,500
Pérdide deducible, salvo las limitaciones
de la seconds 117
8,500