Regl. 457, art. 23-23(1) dup4
9 Registros de propieded depreciable. Fara faciliter 1a
Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 23-23(1) dup4
verificación de las concesiones your depreciación reclamadas your el contribuyente,
la depreciación deberá enotures en Los libros del contribuyente, y in sumo que
represente use concesión resonable your depreciación se deducire directemente del
valor en los libros del active 9 proferiblemente se acreditará a una cuento de
reserve per depreciacide, 10 oual debená reflejarce - 100 estados anuales del
contribuyents. For la nimes randa las concesiones deberán computerse by registraree con referencia express a Los artÃculos, unidades o grupes de bionse, asbiendo cade artÃculo o unided considererse neparada o especificamente incluÃdo
en un grupo con stres a los cuales se apliquen los mismos factores. Asimismo, 100
libros del contribuyente indicardo la base de la propieded depreciable y cualesquiera ajustes a la missa, y on squelles casos en que la base de la propiedad BOB
otra que el costo, o valor al primero de marzo de 1913, o valor a la fecha do adquisicide (como por ejemple, si la propieded fuel adquirida por donación o transferencia en fideieomiso despude del 31 de dicicubre de 1923), o como resultado de
use reorganisación o una persute exents (véase especialmente la seceión 113(a)),
los libros tendrán que demostrer la información utilizada para determinar tal base
7 los ajustes & la wism. S1 el contribuyente no deseare que sus libres corrientes de contabilidad demunstren todos los factores que entren on el calcule de la
consesión por deprecimeida, tales factores deberán ser anotados en registros
auxiliares permanentes, los cwales se llevarán con los libros corrientes de contebilidad 7 se ajustarás a los mismos.
Artfeulo 23(1)-10 Depreciación en el caso de agricultores. Puede reclamarse una depreciación resonable pars edificios agrfecias (que no dean la residencia del duelle), maquinaria agricola,y otre propiedad fÃsica. Tanbida puedo reclamerse una concesión resonable por depreciación de ganado adquirido para trabajo,
crisasa, o lectoria, a memos que los animales estén incluÃdos on un inventario
utilizado para determinar ganancias de acuerdo con el artÃculo 22(a)-7. Tal
depreciación tieno que estar basade on el costo " otra base y la vida estimada
del ganade. B1 tal genado fuere incluÃdo on un inventario no se permitird deprecisción del mismo, yes que Is reducción corruspondiente en su valor estard reflojnda on el inventario. Veranse tembién los artÃculos 23(a)-11 y 23(=)-5.
Seceida 23. DEDUCCIONES DEL INGREGO BRUTO. AL computeres el $agreso noto su admitiren como deducciones: . * 9
(=) Agotamiento.