Regl. 457, art. 23-23(m)-22

Revaloracide de bosques no permitide

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Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 23-23(m)-22

No de hard ni se persitire ninguna revaloraside de una propieded maderora euyo valor a cierta fecha específica ha side determinado y aprobado, durante la duración de Is possesión Bajo la eval el valor full us? determinado y aprobado, excepto on easo de false repressntacida o Traude o error eraso en cuanto a cualesquier beches conceidos a la fecha a que $ hace in valoracida. La revaloracide debido a false representación o fraude o error craso se hard unicamento con el permiso escrito del Secretario. La unidad de agotaniento deberd caubiares cuando se hays hecho une revisida de acuerdo con el artículo 23(m)-26 del número restanto de unidades recuperables de endors on 2a propiedad. Artículo 23(=)-23 Depresimeida de mayorms en caso de bosques. (a) EL eosto u otre base de desarrello que no estal representale por propiedad tangible que tengs un valor de inventario, and recuperable a través de depreciazide. Servi opeional del contribuyente, sujeto - is aprobación del Secretario: (1) 81 el costo 13 otra base de la propiedad sujeta a depreciación habre de recobraree a un tipo establecido por of agotemiento corriente de la nadera en bosques, o 142 (2) B1 el crsto u otra base debere recobrarse por cargos apropiados a dopreciscida calculada conforme 6 Iss regles corrientes para depreciseida o de scuerdo con las conficiones pseuliares del caso del contribuyente por un adtolo satisfactorio al Secretario. (b) En ningdo caso polrda besaree 100 cargos por depreciación on un tipo que extings el costo u otra base de 3a propiedad con anticipación a la terminaeide de BU vida doil. Nade on este artículo deberá interpretarse ecmo que signifien que el valor de une propieded y equipo madereros purden reducires por carges de depreciación a una sume bajo el valor residual que la plants y equipo behren de tener al convertirse on obsoletes o agetadas o al ser abundenadas, o que cualquier parte del valor de tierras demonta/ins pueds recobrares a través de depreciacida. (Velanse los artfeulos 23(1)-1 al 23(1)-10, inclusive, on cuanto a deducciones por depreciación 7 cbsoleseeneia on general.)
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