Regl. 457, art. 23-23(m)-26
Determinacide de is contidad de madera
Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 23-23(m)-26
Todo contribuyente que reclame o piense reclamar use deducción por agotantento viene obligado
a estimar con relación as calls cuenta de maders por separado, el total de unidedes (pie linenl, tross (20g scale), has (cord), o cualquier otra unidad) de -
dera resonsblemente conseido, e que Be crea adore buses prusba, haber existido
en el terreno al 1 do marso de 1913, © a la fecha de adquisición de is propiedad,
según sea el caso. Este estimado doberd indicar, tan aproximadamente como sea
posible el minoro de unidades que 88 hublesse emeontrado en existencia por un
estimado euidadose efectuado en 3a feeha especifien con al propésito de determinar 100% de la contidad de madera que el droa hubiera producido on dicha fee
chs st toda la endern negociable Imbiese side cortada y utilisada do seuardo con
las noumas de utilización prevalecientes - usa regidn para esa fecha. S1, posteriormente, durante In poseside del contribuyente que radion la planilla, COMO
resultado del erecimiento de la arboleda, do cambios on las normas de utilismcida, de pérdidas que no han sido de etro modo contabilizadas, de abandono de
bosques o de operaciones o trabajo as desarrollo, se demostrare bien por parte
del contribuyente o del Secretario que hay - e2 terreno tierra disponible para
su utiliancida, main o sease unidades do madern que aquellas que aparecen on la
cuesta o cuentas de unders basedes on el estimado original, entonces el estimado
original (pero no la base para agotamiento) habre de revisarse y la conseston
anual por agotamiento con respecto a in propieded para after contributivos subsisuientes, dobord basares on el estimado revisado.
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Artículo 23(=)-27 Agrupacida de tierra y airboles para fines de valoracide y contabilidad. (a) Con advas a use valorasida logies y resonable do
bosques, el contribuyente deborá incluir are sudera on use o nin cuentas. Be
general, cade use de dichas cuentas deberá incluir toda is matera del contribuyente que Be ensucura dentro de us "bloque", siendo un bloque use unidad
operative que incluye toda Is madera del contribuyente que logicamente irfa a
un solo punto de masufacture. a aquellos casos en que el punto de manufactu-
28 as eneuentra a - distancia considerable, o on que los tronsos u etros produetos servin probablemente vendidos on us mercado de tronses o on eualquier otro
sercate, al bloque puede ser use unided maderera que incluye toda in natera del
contribuyente que logicamente serfa removida on use sola operacida de corte y
transportación. En cases excepsionales, siempre que existen resenes buenes y
sustanciales y eujeto a aprchacida o revisida por parte del Secretario, el contribuyente puode dividir la madera en un bloque dado en dos o unle cuentas, 6a-
to es, madera posefds el 26 the Sabrero de 1913, y aqualla adquirida posteriormente puede llevarse en curntas esparadas, o in madera posofide al 28 de febrero
de 1913 y aquella siquirida desde entonces en distintas transacciones separadas,
pueden llevarse on cuestas distintes separadas, o especies de drocles distintos
o grupos de especies de afrboles pueden llevarse - cuentas distintas, e produetos especiales de unders pueden lleverse en cuentas distintas, o los bloques
pueden dividirse en dos o mis cuentas basadas en el cardoter de su madera o su
accesibilidad, e pareelas separadas yueden incluires on cuentas separadas. 81
se hictere tal división, una porcida aprepiada del costo o valor total, según
fuare el caso, deberá aplicarse a cada cuesta.
(b) Las cuentas de entera sencionadas on el púrrafo (a) de este artículo
no deberán incluir parte alguna del costo o valor, según fuere el caso, de la
tierra. De un mode parecido a aqual preserito wa el pdrrafe (a) de este artfeulo,
la tierra on un "bloque" dato, puode llevarse on une sola cuenta de tierra, o
puede dividires en dos o rules euentas B. base de BY cardeter o accesibilidad.
Cuando se have tal diviside, use poreida apropiada del valor o costo total, seof fuere el caso, debord aplicarse $ eada cuenta.
(e) B1 valor o costo total, semin fuero el easo, de tierra 7 maders, deberd
aplicarse equitativanente a las cuentas de matern 7 tierre respectivemente,
(a) Cata was de las diversas cuentas de tierra y unders llevadas en los 11-
bros del contribuyente deberda describires definitivamente - cuanto a localize-
e16a en el terremo,bien por médio de plenos 0 por medio de description legal.
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(e) Basado on resones busnes y sustanciales satisfactorias al Secretario,
o según 10 requiera date, las cuentas de madera o de tierras pueden reajustarse dividiendo las auentas individuales, combinando dos o más cuentas, o dividiendo 3 recombinando distintss cuentas.