Regl. 457, art. 23-23(p)-4
Aportaciones de un patrono a o bajo us fideicomiso de
Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 23-23(p)-4
pensidn a explessos o plan de snumlided que lleme los requisitos de an secoidn
165(a); aplicación de is securida ES(p)(1)(A). (a) S1 un patrons have sportacionos a un plan de pensiones o amualidades para explendos o conforme al misno, y
las condiciones 7 limitaciones generales aplicables a defusciones por tales aportaciones son cumplides (vdase artfculo 23(p)-1), las aportaciones son deducibles
bajo la sección 23(p)(1)(A) o (B) si las condiciones adicionales alls requeridas
son asimismo cumplidas. Tal ecas aguf se emplea, el termino "fideicomiso de pensiones" significa un fideicentso que forms parte de un plan de pensiones, 7 "plan
do anualidades" significa un plan de pensiones conforms al cual se proveen beneficios de retire bajo contratos de anualidad o seguro sin que hays fideicomiso. Para
el significado de Is expreside "plan de pensiones" tal ecmo aquf on use, velase el
artÃculo 165-1(a). En aquallos cases on que a los empleados e a sus beneficiarios
so les acuerds beneficies de incapacidad, renuncia, seguro, o supervivencia, incidental y directmento relacionados oon los beneficies do retire bajo un plan de
penside © anualidad por aportaciones conformed al plan, las deducciones por concepto
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de tales beneficics insidentales so halles tasbién comprendidas on la seceida
23(p)(1) (A) o (B). (Vdase ol artfcule 165-6 en euanto a tributabilidad a los
empleados del costo de seguro para protección insidental). Para que seen deducibles conforme 8 is seceida 23(p)(1)(A), Ins aportacions a un fideicomiso de
penside tionen que ser pagadas on us allo contributive del patrono que termine
con un año del fideiecalso para el cual el sismo estd exento bajo la seceida
165(a), o dentro de dieho afto. Para que las aportaciones arrastradas puellan asducires en un afte contributivo ulterior del patrono de acuerto con la seceidn
23(p)(1)(A)(iv), el año ulterior tiene tashion que concluir con un año contributivo del fideicomiso para el crusl el adexo estd exento bajo la seceida 165(a), e
dentro de dicho año. Visase al artÃculo 23(p)-9 en cuanto a las condiciones exigidas para deduceiones bajo la seceida 23(p)(1)(B) en el caso de un plan de anualidad. En uno u otro Caso las deducciones eatan tasbien sujetan a limitaciones addciceales provistas on is seceidn 23(p)(1)(A). Las limitaciones provistas on is
seceida 23(p)(1)(A), con une exceptide provista para ciertos after por In elsusula
(1) del niemo (vdese el artfeulo 23(D)-5), se been en les costos actuariales del
plan, y la seceida 23(p)(1)(A) require que los ecatos y las limitaciones basadas
on los costos bajo dicha seceida Instruction de determinarse mediante regles establecidas por el Secretario (o, em efertos easos bajo la seceida 23(p)(1)(A)(1), de
seuerds con una deciside dal Secretario).
(b) A1 determinar los ecatos para los fines de las limitacions bajo la snoeidn 23(p)(1)(A), los efectos due 20 mortalidad . intereses probables deben descontarse, y los efectos de las remuncias, cambios de compensacida, retires a edades
distintes, y otros factores probables pertinentes, pueden descontares o de otro
modo ser resonsblemente reconceidos. Una edad de retire debidamente determinada
sobre la base de un analisis adscundo de experiencias representatives puede utilisaree CODO use ettad de retire supuests. Pueden utilizarse diferentes presunciones
o tipos bastees para diferentes classe de ricegos o diferentes grupos cuando 10
justifiquen la situacida o 10 requiera el contrato. Do ningin modo los costos pales fines de is seceide 23(p)(1)(A) deberdin exceder de los costos basance on
presunciones o adtates resonables todos ellos on vista do las disposiciones y alcasen del plan, del metto para orear fondos, de las probabilidades rasonables en
cuanto a les efectos de la mortalidad e intereses, de is considerasida resonable
y adecuada de otros factores tales CORD remmets 0 retire diferido, sea o no des-
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contado, que pueda experarse que reduseen los costos sustancialmente, de los
gastos remonables de operacide, y do todas las demin condiciones 7 circumstanetas pertinentes. In todo caso, al determinar los costes y limitacionss Be hard
un ajuste tomando erea cuenta cualquier experiencia min favorable que aquella presunida on la base de limitasiones para after anteriores, y, a memos que dichos
ajustes 80 efection on forms consecurate cade afte reduciendo las limitaciones de
otro sodo determinadas por cualquier reducción de responsabilidad e costo que sur-
10 de la experiencia on el afto contributivo invediatemente anterior use favorable
que la experiencia presumida 90 la cual Be basaron los costos 7 limitaciones, el
ajuste tendres que hacerse por algin otro método aprobado por el Secretario.
(c) Cualesquiers gastos incurridos por el patrono on relacida con el plan,
tal COMO honorarios a sindies y actuarios, para los cuales no Be provee mediante
aportaciones conforme a dicho plan, son defusibles bajo la seceida 23(a) en la medida en que sean ordinarios y necesarios.
(a) in caso de que las deduccions seen admisibles conforme a la sección 23
(p)(1)(c) asf como bajo la seceido 23(p)(1)(A) e (a), las limitaciones bajo la
seceión 23(p)(1)(A) y (c) # determinan 3 Bo aplican sin your en vigor las disposiciones de la seccida 23(p)(1)(F), pero las contidades admisibles COMO deduccioases están sujetas a las limitaciouse adicionales provistas on la seceida 23(p)(1)(F).
(Vdase el artfeulo 23(p)-12).
Artfeulo 23(p)-5 Places de penside y enualided; linitacionse bajo la seecida 23(p)(1)(A)(1). (a) Sujeta a las condiciones y limitasiones generales aplicables (vfase el artfeulo 23(p)-4), la limitacida inicial bejo 3a seceida 23(p)(1)
(A)(1) es el cineo por ciento de is compensación de otro mode pagada 6 acumulada
durante el after contributivo a todos los explendos bajo el plan de penside o anualidad. Rate limitacida inicial de cinco por ciente se splica al primer allo contributivo para al cual se admite una deduccida por aportaciones a dicho plan 0 conforme
al mismo, y se splica atends & cualquier allo siguiente para el eval la cifre de
etaco por ciento no sea reducida por el Secretario según - dispone más adelante.
Para aquellos after a los cuales so aplica la livitacida inicial de cinco por eiento no se requiere ajuste por concepto de experiencia anterior. S1 Ims aportaciones
no exeeden de in limitacida inicial de cinco por efento en el primer afto contributivo al cual se aplice esta limitación, el contribuyente no necesita someter datos
actuariales para dicho afto.
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(b) Para el primer afto contributivo siguiente al primer allo al cual se
aplica 1a limitación inicial de eineo por siento y yara esta quinto allo de shf
en adolante, o use frequentemente euando fuere preferible para el contribuyente,
date habre do sometor COR ou planille use certificación por un actuario calificado,
o por 1a compañÃa assguradora de un plan de anualidad sin fideicomiso, de 1a cantidad rescemblements useesaria para proveer el costo adicional no consolidado de
erdditos por servicio anterior y corriente de todos les explen/os compressidos en
el plan, con una declaracida explicanto todos Los mitoles, factores y presunciones
utilizados para determisar tal cantidad. Nota contidad puede determinarse COUO
la susa de (1) el costo no conselidado por servicios anteriores, al contenuo del
allo y (2) el costo normal para el allo, todo ello determinado por métedos, factores
y presunciones apropiados como base de las limitaciones que establece la seceida
23(p)(1)(A)(111). Siempre que 10 require el Secretarie, una certificación y use
declaración sixilares deberda our sometides para el afte o after especificados en
dieho requerimiento. an Secretario hard extresses pericdices de tal information
a intervalos no memores de eines after y reductrd las limitaciouss que establece
Is seceión 23(p)(1)(A)(1) llevendolas debajo del lfmite de cinso por ciento para
los allos con respecto a los cuales el enecutrare que in limitación de cinco por
ciento excede la contided rasomblemente necesaria para proveer el costo adicional
no consolidado de eréditos per servicios anteriores 7 corrientes de todos los -
pleados comprendidos on el plan. Cuando la limitación #8 asf reducida, dicha 11-
mitación reducida deberá regir hasta que el Secretario determine que una valoracida actuarial ulterior revela la necesidad de un cambio. Tal valoracida subsimiente puedo hacerse por el contribuyente on cualquier momento y ser scustida al
Secretario GOB use solicitud para us cambio en la limitacide.
(e) Pars los fines de las limitaciones bajo la seceida 23(p)(1)(A)(1),
"conpensacide de otro modo pagada e acumulada" significa toda 1a compensasida pagade o acumulada excepto aquélle por la ownl una deduccida es admisible bajo un
plan que llene los requisitos de la seceida 165(a), incluyendo un plan que llene
los requisitos de is scecida 23(p)(1)(B). Conforme a la seceida 23(p)(1)(A)(1),
cuando dos o uds planes de penside o anualided afectan al nisso empleado, las deducciones con relacida a enda uno de dichos planes están sujetas a las limitacioass aplicables al plan especÃfico, 7 las deducciones totales para todos each plasee están asisteno sujetas a las limitaciones que serfer aplicables a los mismos
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of constituyuran the solo plan. Cuando, debido a Iss disposiciones capecffiess
aplicables a una clase numeross de explondos bajo un plan, los costos on relacida a tales explendos son nominales on comparacida con su compensación son posterioridad al primer allo al cual se aplica la limitación inicial del 5 por etento, las deducciones de la seceida 23(p)(1)(A)(1) están sujetas a las limitaciones
determinadas considerando el plan aplicable a dicha clase de expleados ecao #1
fuers un plan separato. Las defusciouses son admisibles hasta el monto de las
limitaciones splicables segin la seceida 23(p)(1)(A)(1) aun cusado datas sean m-
yores que las limitaciones aplicables segin la secoids #3(p)(1)(A)(11) o 1a seeeide 23(p)(1)(A)(111).