Regl. 457, art. 23-23(x)-5

Reserve para deudes inschrables

Last amended: 1953Length: 281 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 23-23(x)-5

(a) Aquellos contribuyentes que hayan establecido el método de INSERVE para trater sus deudas incobrables y mantengan las cuentes de reserve apropiadas para deudes incobrables, o que de acuerdo con el artículo 23(k)-1 adopten el método de reserve para trater sus deudas inschumbles, gueden deducir de su ingreso bruto una adición resonable destinada a in recerve para deudes incobrables on lugar de uma deducción por partidas específicas de deudas insubrables. 112 (b) Lo que constituye une adición resemable is la reserve para deudes incobrables deberá - determinado a la lux de los beches 7 variend eegún las distintes classs de negouios y la situación on cuento a prosperided commrcial. Dependerd primordialmente del monto total de las deudes pendientes al cierre del afte contributive, de les que se origineron durante el allo corriente COMO asimiemo en allos contributives enteriores, y del mate total de las reservas existentes. In caso de que lss cobrenses ulteriores de deudes pendientes resulten new más 9 menos que 10 calculado al musento de orear In reserve existente, al monto dal excess o deficiencia ea la reserve existente deberá reflejarce en la determinación de is adicida resonable que non necesaria on el año contributi- TO. Un contribuyente que use el método de reserve deberá someter up estado, conjuntamente - au planille, indicando el volumen 4a sup ventes a crédito (u otres transacciones commetales) gara el allo, y el porcente/o de dicha cuents que represente la reserve, el monto total de los pagardia y cuentes por cobrar al comienso y final del afto contributive, y el monto de les cuentas que se her convertido en parcial o totalmente ein valor y has sido cargadas contra 1a cuents de reserva.
Regl. 457, art. 23-23(x)-5: Reserve para deudes inschrables | Justis AI