Regl. 457, art. 24-42-1

Cudado on efectuarán las inclusiones en el ingreso bruto.

Last amended: 1953Length: 544 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 24-42-1

(a) the general. Salvo 10 que en otro sentido 50 dispone on la seceida 42, las genencias, beneficios e ingresos debarán incluirse on el ingreso brute para of año contributivo on que Los recibe el contribuyente, B. menos que ao incluyan COMO recibidos en un período distinto de acuardo con el mítodo do contabilidad reconseido que utilice dicho contribuyante. (Wimee los artículos 42-2 al 42-3, inclusive.) 81 no se has determinado la remuneración haste is terminscida do Los servicios, el monto recibido es ordinarismente ingreso para el año contributivo en que so daternine, si la planille at rinds a base de scumulacida; o para o1 allo contributive on que se reciban, si la plemilla B8 vindo 6 base de resibido y pagado. B1 - un allo dado usa persons entable juicio por use reclamación pecumieria o do propiedades, y cila recobre dinero o blenes por sentencia an dicho juicio en un allo posterior, el ingreso # realism en el año posterior, dando por contado que el dinero o los biones hobrien side ingreso on el allo anterior si entonces Be hubiesen recibido. Esto es ast euendo as obtions sentensia favorable por violasida de patents. Les deudas incobrebles o las cuentas climinadas en Los libros con posterioridad al 204 primero de marso do 1913 por el hecho de que $0 las considerd sin valor, I que posteriormente se recobren por pleito 0 de otro noto, constituyen ingreso para el allo en que 80 recebrem, sin constderur is recha on que Les misses fueron eliminades. (Wasse el artículo 23(k)-1.) Las partidas tales CORD reelamaciones por compensación bajo contratos del gobierno concelados, constituyen ingreso para el allo on que Be conseden o en que do otro modo 80 determine definitivamente su valor, si 1a planilla se rinds sobre la base de scumulacide; o para el also en que Be reciben, si is planilla se rinde sobre is base de recibido y pagado. (b) Ultima asio contributive de finedos. Para el allo contributive en give ocurra La fecha del fallocimiento do un contribuyente, 00 incluiren para determinar el ingreso meto dol contribuyente intermante las cantidades propinmonte incluíbles según el mítodo de contabilidad reconceido que empled al contribuyente, o, si el contribuyente as empled tal adtodo, unformente las contidedes recibidas durante dicho año. Bin embergo, at el contribuyente emplod el mítodo de contabilided a base de soumulacide, les cantidades acumuladas tan adio a cause de su fallecimiento no Be incluires al determiner el ingreso meto para tal also. Conforme a la seccide 126, cualesquiera partidas de ingress brute que no moon propismante incluíbles COB respecto al perfodo contributivo en que courre la feehs del rellecimiento del contribuyente 0 a us perfode enterior, @@ incluirds on el ingreso bruto para el effe contributivo on (Me las recibe la succeidn o us beneficiario del finado. Tentvide debord incluire al determiner el ingreso neto para el año contributive on que ocurre la fecha del fellecimiento do un contribuyente, la gamencia descrite on 18 sección 44(d), relativa a gunsacia on la disposicida de obligaciones a planos (installment obligations), salvo 10 que en otro sentido disgongs 055 seceida. (Vease el artículo 44-5.) Sate contidad tandre que incluires al determinar el ingreso noto sin tomar on cuenta of initodo de contabilided enpleado por el contribuyente.
Regl. 457, art. 24-42-1: Cudado on efectuarán las inclusiones en el ingreso bruto. | Justis AI